De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 39/1988 y 106.3º de la Ley 7/1985, y en cumplimiento de lo acordado por la Corporación provincial, en sesión del día 21 de los corrientes, se hace público que la Diputación Provincial de
Ourense asume la competencia delegada en ella por el Ayuntamiento de Lobeira, para la gestión, liquidación, inspección y recaudación del impuesto sobre circulación de vehículos, en las condiciones generales y que se detallan en el anuncio publicado por esta Corporación en el DOG del día 19 de septiembre de 1994.
La fecha de inicio de efectos de esta delegación y el plazo de su vigencia se ajustarán a las normas que tiene establecidas esta diputación.
Ourense, 26 de diciembre de 2001.
El presidente
Rubricado
COOPERATIVA DO TEGRA,
SOCIEDADE COOPERATIVA
GALEGA