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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Viernes, 11 de enero de 2002 Pág. 447

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 29 de noviembre de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, sobre notificación de la incoación del expediente sancionador OU-172/01P por infracción de la Ley de pesca fluvial.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, (BOE do 27 de noviembre) se notifica a la persona que en el anexo se menciona la incoación de expediente sancionador por presuntas infracciones a la Ley 7/1992,

de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y de su reglamento, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).

Se nombra instructora del expediente a Miriam Areal López, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el expedientado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo, nº 18-5º, y aportar las alegaciones, documentos e informaciones que considere convenientes en su defensa, y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretende valerse.

De no efectuarse alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 29 de noviembre de 2001.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

-Expediente: OU-172/01P.-Denunciado: Manuel Ángel González da Cuña.-DNI: 34540226.-Última dirección conocida: carretera de Mende, 88. A Lonia (Ourense).-Hecho denunciado: pescar empleando cebo natural (asticot), prohibido desde el 15 de julio fuera de los embalses del anexo IV de la Orden de 20 de enero de 2000.-Precepto infringido y sancionador: artículo 33.9º de la Ley de pesca fluvial.-Calificación de la infracción: leve.-Sanción: multa de 5.000 pesetas.-Instructora: Miriam Areal López.

INSTITUTO GALLEGO

DE ESTADÍSTICA