Yo, Francisco Castiñeiras Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio de que en el juicio de faltas nº 110/2001 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Santiago de Compostela, 31 de julio de 2001.
En nombre del Rey.
Leonor Castro Calvo, magistrada jueza de instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa de juicio de faltas 110/2001, seguida por otras faltas, en el que han sido parte, además del Ministerio Fiscal, Marcos Veiras Salteiro, denunciante y, como denunciados, Juan Ignacio Oliver Reparaz e Isabel Soliño Cuerpo, ha pronunciado la siguiente sentencia:
Decido que debo absolver y absuelvo del hecho origen de estas actuaciones a los denunciados Juan
Ignacio Oliver Reparaz e Isabel Soliño Cuerpo, declarando de oficio las costas de esta instancia.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este juzgado para ante la Audiencia Provincial de A Coruña-Sección sexta, con sede en Santiago de Compostela, en el plazo de cinco días desde su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Juan Ignacio Oliver Reparaz y a Isabel Soliño Cuerpo, ambos actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto en Santiago de Compostela a diez de diciembre de dos mil uno.
El secretario
Rubricado