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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Jueves, 10 de enero de 2002 Pág. 378

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BERGONDO

ANUNCIO.

El Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 23 de noviembre de 2001, acordó aprobar definitivamente el expediente promovido por Manuel Rey Ruanova, en representación de Maquinaria Rey, S.A., relativo a las modificaciones puntuales de las normas subsidiarias del planeamiento municipal relativas al suelo urbano industrial en el entorno de la N-VI, según la documentación presentada por el arquitecto José Miguel Vázquez García y el abogado Juan Pérez Rodríguez, consistentes en: modificación nº 1: recalificación de una superficie incluida en el ámbito del Plan parcial del polígono industrial-comercial de Bergondo, actualmente con calificación de zonas de espacios libres, que pasaría a calificarse como suelo urbano industrial, así como recalificación de un ámbito de suelo urbano industrial colindante con el ámbito del Plan parcial, como espacios libres de dominio público. Modificación nº 2: delimitación de un ámbito de suelo urbano industrial, sito entre los enclaves industriales ya

existentes en la N-VI del polígono industrial, que se remite a un PERI, a efectos de su ordenación promenorizada.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado o sala de lo con

tencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Previa y potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó el acuerdo de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la citada publicación.

También podrá interponer el recurso extraordinario de revisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueba el de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en los plazos establecidos en el apartado 2 del mismo artículo 118. Todo ello sin perjuicio del derecho de los interesados a formular la solicitud y la instancia a que se refieren los artículos 102.1º y 105.2º de la citada ley.

Bergondo, 12 de diciembre de 2001.

José Fernández Ramos

Alcalde-presidente