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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Jueves, 10 de enero de 2002 Pág. 376

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 22 de noviembre de 2001, del Área Provincial de Pontevedra, por la que se le notifica a José Jiménez Silva y herederos la resolución acordada en el expediente de desahucio P-039/2001, por impago de la renta mensual de la vivienda de promoción pública identificada con el expediente PO-83/490, cuenta 5, devuelta por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, intentada la notificación personal en la última dirección conocida del interesado (Torneiros, 3ª fase, blq. 13, ptal. 1, 2º A, en O Porriño) se le notifica a José Jiménez Silva y herederos la resolución del contrato dictada por el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con fecha de 24 de octubre de 2001, por impago de las rentas mensuales de la vivienda de promoción pública, identificada como expediente PO-83/490, cuenta 5, que le fuera adjudicada.

En contra de la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivenda, en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2º de la misma ley, se transcribe el texto íntegro de dicha resolución:

«Visto el expediente de resolución de contrato administrativo seguido contra José Jiménez Silva y herederos, como beneficiario en régimen de compraventa de la vivienda objecto de la presente resolución, situada en el Polígono de Torneiros, fase III, blq. 13, ptal. 1, 2º A en O Porriño (Pontevedra), correspondiente al:

Expediente: PO-83/490, cuenta: 5, por incumplimiento del contrato, en cuanto a la falta de pago de las cuotas, con infracción del régimen que regula las viviendas de protección oficial de promoción pública, teniendo en cuenta los siguientes

Hechos.

1. Que por la entidad colaboradora en la gestión y recaudación de viviendas de la Xunta de Galicia, se emite certificado en el que se comprueba la falta de pago de los recibos pendientes por un importe total que asciende a 2.127.806 pesetas, con fecha de 23 de enero de 2001.

2. Que requerido por carta certificada con acuse de recibo que se encuentra incorporado al expediente, para que en el plazo de diez días efectuase el pago de las cantidades adeudadas, dicho requerimiento no fue atendido.

3. Con fecha de 21 de septiembre de 2001, la deuda asciende a 2.265.370 pesetas, por impago de los siguientes recibos:

Agosto 87 a agosto 96.

Octubre 96 a septiembre 01.

Fundamentos de derecho.

1. Es competente para la resolución del presente expediente el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 70/1997, de estructura orgánica del Instituto Galego da Vivenda e Solo, modificado por Decreto 258/1999, de 17 de septiembre.

2. Los hechos denunciados constituyen causa legal suficiente de resolución de contrato, desahucio y lanzamiento de la vivienda.

3. En la tramitación del expediente se observaron las normas vigentes contenidas en los artículos 138 y 144 del reglamento de VPO, -Decreto 2114/1968, de 24 de julio-, artículo 30 del texto refundido de VPO, -Real decreto 1960/1976 de 12 de noviembre-, artículos 58, 59 y 96.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y artículo 87.2º de la Ley orgánica del poder judicial.

Vistos.

Los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

1. Acordar la resolución de pleno derecho del contrato de compraventa de la citada vivienda de promoción pública.

Se le advierte al interesado que, de conformidad con lo establecido en el reglamento de VPO, podrá evitar el lanzamiento, abonando el total de la deuda en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a aquel en el que tenga lugar la notificación o publicación.

2. La resolución en firme del contrato llevará consigo la prohibición de contratar con la administración en los términos previstos en el Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas.

Notifíquese la presente resolución a los interesados, con mención expresa de los requisitos legales que procedan. Pontevedra, 24 de octubre de 2001. El delegado provincial. Fdo.: José Manuel Iglesias Carrera».

Expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra a 22 de noviembre de 2001.

Andrés Iglesias López

Jefe del Área Provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: PO-83/490 (expediente de desahucio P-039/2001).

Cuenta: 5.

Nombre: José Jiménez Silva y herederos.

Dirección: Pol. Torneiros, 3ª fase, blq. 13, ptal. 1, 2º A (O Porriño).

Deuda: 2.265.370 pesetas.