De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos marítimo-pesqueros (DOG nº 99, del 27 de mayo).
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Delegación Territorial de Lugo en Celeiro-Viveiro; avda. Ramón Canosa, s/n, 27863.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000162-2.
Denunciado: Roberto Rodríguez Reigosa.
DNI: 33308028-A.
Dirección: Cabanela, 14. Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.000.000 de pesetas.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000163-2.
Denunciado: Roberto Rodríguez Reigosa.
DNI: 33308028-A.
Dirección: Cabanela, 14. Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.000.000 de pesetas.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000165-2.
Denunciado: Roberto Rodríguez Reigosa.
DNI: 33308028-A.
Dirección: Cabanela, 14. Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.000.000 de pesetas.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000170-2.
Denunciado: Roberto Rodríguez Reigosa.
DNI: 33308028-A.
Dirección: Cabanela, 14. Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.000.000 de pesetas.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000172-2.
Denunciado: Roberto Rodríguez Reigosa.
DNI: 33308028-A.
Dirección: Cabanela, 14. Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.000.000 de pesetas.
Nº de expediente: PESAN1 2001/000190-2.
Denunciado: Roberto Rodríguez Reigosa.
DNI: 33308028-A.
Dirección: Cabanela, 14. Ribadeo (Lugo).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.000.000 de pesetas.
De conformidad con lo previsto en la Orden de Economía y Hacienda de 22 de mayo de 1987 (DOG nº 104, del 3 de junio), las citadas sanciones deberán ser abonadas en la c/c nº 2091/0154/11/3110000040 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina de Celeiro-Viveiro; título de la cuenta Tesoro de la Hacienda Gallega. Cuenta restringida de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura. Recaudación de multas y sanciones, en los plazos establecidos en el Reglamento general de recaudación. En el supuesto de no ser abonadas se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria.
Lugo, 29 de noviembre de 2001.
Pablo Ramón Fernández Asensio
Delegado territorial de Lugo
CONSELLERÍA DE JUSTICIA,
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