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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 251 Lunes, 31 de diciembre de 2001 Pág. 16.669

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

APROBACIÓN definitiva del proyecto de compensación de la unidad de actuación número 12 del PGOU-San Amaro.

La Comisión de Gobierno, en sesión de 26-11-2001, adoptó el siguiente acurdo:

Primero.-Prestar aprobación definitiva al proyecto de compensación de la unidad de actuación nº 12 del vigente Plan General de Ordenación Urbana, situa

da en el lugar de San Amaro-Mourente, formulado por Bernardo López Abadín -en su condición de propietario único de la totalidad de los terrenos que lo integran- siendo redactado por la doctora arquitecta Teresa Táboas Veleiro, con visado de la Delegación en Pontevedra del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia en fecha 6-6-2001, con la finalidad de proceder a la gestión y ejecución urbanística de este ámbito espacial de equidistribución, determinándose que la formalización de este proyecto de compensación, se efectúe en documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuesto para las actas de los acuerdos de este ayuntamiento con el contenido legalmente exigido, o bien mediante escritura pública si así lo prefiere la propietaria única y por cuenta de la misma. En cualquier caso, el documento en que se formalice será inscrito en el Registro de la Propiedad, siendo ambas obligaciones por cuenta de la propiedad.

Segundo.-Incorporar, de acuerdo con este proyecto de compensación, los terrenos de esta unidad de actuación nº 12, de cesión obligatoria -en pleno dominio y completamente libres de cargas y gravámenes- al patrimonio municipal e inventario de bienes y a su afectación a los usos previstos por el planeamiento, sin aportación económica o patrimonial alguna de este ayuntamiento, en función del convenio urbanístico suscrito y su modificación.

En idéntico sentido, esta incorporación se extiende a aquellos terrenos excluidos de la unidad de actuación y situados entre este ámbito y la calle de A Estrada, afectados por la urbanización y apertura de la vía destinada a sistema general, prolongación del existente en la unidad de actuación nº 14-A Parda, que ya han sido adquiridos por el Sr. López Abadín, cumplimentando el convenio urbanístico firmado el 30 de marzo y modificado el seis de julio, por cuanto para la obtención del terreno de titularidad ajena de la superficie de 10 m, no obtenido por el promotor y únicamente restante para completar esa efectiva urbanización entre el polígono y la calle, habrá de aplicarse, en su caso, el instituto de la expropiación forzosa, una vez se apruebe definitivamente el proyecto de urbanización del polígono, para lo cual se ha prestado la correspondiente fianza en arcas municipales.

La cesión se entenderá sin perjuicio del derecho de ocupación para procederese a la ejecución de las obras, teniendo que efectuarse la cesión y entrega de la urbanización en un plazo no superior a tres meses y contado desde la recepción definitiva por la propiedad, formalizándose ésta en actas que suscribirán este ayuntamiento y el promotor.

Tercero.-Hacer saber a Bernardo López Abadín que con carácter previo al inicio de la obra urbanizadora, habrá de haber ganado firmeza en vía administrativa este acto y aprobarse definitivamente el proyecto de urbanización, respecto del cual tal promotor ya ha prestado una fianza equivalente a su presupuesto de ejecución material, operación OCVD 200100030322, estando afecta a la correcta ejecución de la obra urbanizadora que se apruebe, al no quedar afectas las fincas resultantes del acuerdo de aprobación definitiva

del proyecto de compensación, al pago de la cantidad que pudieran corresponder a cada finca en el presupuesto previsto de los costes de urbanización del polígono.

Cuarto.-Publicar el presente acto administrativo en el tablón de anuncios de este ayuntamiento, períodico Diario de Pontevedra y Diario Oficial de Galicia y notificarlo individualizadamente a los interesados con comunicación de testimonio del mismo a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicto y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en el art. 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el art. 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el art. 43.2º de esta Ley 30/1992, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contados desde el día siguiente de aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el art. 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho.

Pontevedra, 11 de diciembre de 2001.

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo

y Medio Ambiente

Adolfo Castro Pérez

Secretario accidental