Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo, se iniciaron con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.
Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Servicio de Informes y Recursos lo que consideren conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello
esta cédula en Santiago de Compostela a 15 de noviembre de 2001.
Alberto Eiras Martínez
Jefe del Servicio de Informes y Recursos de la
Dirección General de Transportes
ANEXO