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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Jueves, 13 de diciembre de 2001 Pág. 15.885

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2001 por la que se convoca concurso público para la provisión de una plaza de catedrático de universidad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 38.2º de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, y el artículo 2.4º del Real decreto 1888/1984, de 26 de septiembre (BOE del 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, este rectorado ha resuelto convocar a concurso la plaza que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto (BOE del 1 de septiembre); Real decreto 1888/1984, de 26 de septiembre (BOE del 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real decreto 1427/1986,

de 13 de junio; Orden de 28 de diciembre de 1984 (BOE del 16 de enero de 1985) y, en lo no previsto, por la legislación general de funcionarios civiles del Estado, y se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segunda.-Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles:

Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea, previa acreditación de la nacionalidad conforme a lo dispuesto en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea y demás normativa de desarrollo.

Previa acreditación, los nacionales de aquellos estados a los que en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España les sea aplicable la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta está definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

b) Haber cumplido dieciocho años y no haber cumplido los setenta.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de universidad.

Tercera.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas que señalan en el artículo 4.1º o 2º, del Real decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, según la categoría de la plaza y clase de concurso y, en su caso, titulación suficiente debidamente reconocida por el Ministerio de Educación y Ciencia para el ejercicio profesional en España como profesor universitario.

Para concursar a plazas de catedrático de universidad es necesario tener la condición de profesor titular de universidad o catedrático de escuela universitaria con tres años de antigüedad a la publicación de esta convocatoria, en uno de ellos o entre ambos cuerpos. De no cumplirse esta condición, los interesados deberán acreditar la exención de este requisito por el Consejo de Universidades.

No podrán concursar a plazas de profesor titular de universidad quienes hubieran estado contratados durante más de dos años como ayudante de esta universidad, salvo las excepciones previstas en el artículo 37.4º de la Ley 11/1983, de 25 de agosto (BOE del 1 de septiembre), de reforma universitaria.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en este concurso, remitirán la correspondiente solicitud al rector de la Universidad de A Coruña, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), en el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta convocatoria en el BOE, mediante instancia, según modelo anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos para participar en el concurso. La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar haber abonado en la cuenta corriente 0182-0470-40-0207957986, concursos-oposiciones, grupo Banco Bilbao Vizcaya Argentaria de A Coruña, la cantidad de 7.755 pesetas por derechos de inscripción, acompañando a la solicitud el resguardo acreditativo del ingreso.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la universidad, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el rector en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexta.-El presidente de la comisión, dentro del plazo habilitado reglamentariamente para su constitución, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de 15 días naturales respecto de la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes y con señalamiento del día, la hora y el lugar de celebración de dicho acto.

Séptima.-En el acto de presentación, los concursantes entregarán al presidente de la comisión la documentación señalada en los artículos 9 y 10 del Real decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real decreto 1427/1986, de 13 de junio, en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.

Octava.-Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en la secretaría general de la universidad en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la comisión, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento equivalente de ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de universidad.

c) Declaración de no haber sido separado de la Administración del Estado, institucional o local, ni de las administraciones de las comunidades autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de la condición de funcionarios, y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

A Coruña, 13 de noviembre de 2001.

José Luis Meilán Gil

Rector de la Universidad de A Coruña

ANEXO I

Plaza número: 01/221.

Número de plazas: 1.

Cuerpo: catedrático de universidad.

Área de conocimiento: literatura española.

Departamento: Filología Española y Latina.

Actividades docentes: literatura española: siglos XVI y XVII.

Facultad de filología.

Clase de convocatoria: concurso.