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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Viernes, 09 de noviembre de 2001 Pág. 14.545

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE OROSO

ANUNCIO.

El alcalde-presidente, por Decreto de 8 de octubre de 2001, acordó aprobar definitivamente el instrumento urbanístico denominado proyecto de urbanización del parque empresarial de Sigüeiro.

Lo que se hace público para su efectividad, en cumplmiento de lo prevsito en el artículo 48 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

Contra el acto de aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su aplicación en el Diario Oficial de Galicia. Alternativamente, el acto de aprobación definitiva podrá impugnarse directamente en vía jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. En el supuesto de que se interponga recurso administrativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que no se resuelva expresa o presuntamente el recurso de reposición interpuesto. En tal caso, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo

de reposición o en el que éste deba entenderse presuntamente desestimado. En el supuesto de desestimación presunta del recurso de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo es de seis meses.

Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sin perjuicio de cualquier otro recurso que en derecho se considere oportuno.

Oroso, 9 de octubre de 2001.

Eugenio Neira García

Alcalde