Advertido error material en el texto de la Orden de 30 de julio de 2001, publicada en el DOG nº 160, del 20 de agosto, es necesario efectuar la siguiente corrección:
-En la página 11.106, en la base II.1.1.1., donde dice: «d) por servicios prestados en otras categorías en el Sergas y en otras administraciones públicas, o bien en la Xunta de Galicia si el contratado laboral cotizase en el régimen especial agrario: 0,01 puntos/mes», debe decir: «d) por servicios prestados en otras categorías en el Sergas y en otras administraciones públicas: 0,01 puntos/mes».