El Pleno de la Diputación Provincial de Pontevedra, en sesión celebrada el día 6 de julio de 2001, a propuesta del organismo autónomo provincial de Gestión de Recursos Locales (Oral), adoptó por unanimidad, entre otros acuerdos, el de aceptar, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2º de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales, la delegación que en materia de gestión, liquidación, inspección y recaudación de recursos locales, realizó, siguiendo lo establecido en los artículos 106.3º de la Ley 7/1985, de 3 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y 7 de la citada Ley 39/1998, en la Diputación Provincial de Pontevedra-Oral, el Ayuntamiento de Caldas de Reis, en lo que respecta al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía).
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pontevedra, 8 de agosto de 2001.
El presidente
Rubricado
El secretario
Rubricado