De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), se le notifica a las personas que a continuación se relacionan, a quienes no ha podido hacerse por correo certificado, los acuerdos de iniciación dictados en los expedientes de sanción, por infracciones en materia de espectáculos públicos, cuyo número se cita seguidamente:
Nombre DNI/NIF Nº de expediente Precepto infringido Último domicilio Multa
Quiroga
Viveiro
Monterroso
Lugo
Viveiro
Chantada
Viveiro
José R. Baldomero Moreiras 3425987409 LU-E 202/2001 23 e) L.O. 1/1992 Bustelo de Lor,
100.000 pesetas y clausura del establecimiento por el período de un mes.
Manuel Casal Maseda 33831613 LU-E 217/2001 23 o) en relación con el 26 e) L.O. 1/1992 Misericordia, 50,
100.000 pesetas y suspensión de la licencia de apertura por el período de un mes.
Balbino Martínez Cordero 10190289 LU-E 203/2001 23 e) L.O. 1/1992 Sieteiglesias, 16,
100.000 pesetas y clausura del establecimiento por el período de un mes.
José M. Sánchez Mendoza 33856976 LU-E 210/2001 26 e) L.O. 1/1992 Marina Española, 11-5º,
50.000 pesetas.
José L. Pérez Vázquez 33860756 LU-E 205/2001 26 e) L.O. 1/1992 Pedregal, 9-1º A,
50.000 pesetas.
María López Salgado 32841483 LU-E 211/2001 26 e) L.O. 1/1992 Luciano Trabadelo, 7,
50.000 pesetas.
Manuel Casal Maseda 33831613 LU-E 215/2001 23 o) en relación con el 26 e) L.O. 1/1992 Misericordia, 50,
100.000 pesetas y suspensión de la licencia de apertura por el período de un mes.
Se designa instructor del expediente al jefe del Servicio de Justicia, Administración Local e Interior, Rafael López Charques y secretario al jefe de Negociado Constantino Alvar Cabido, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente, de darse algún supuesto de los que determina el artículo 29 de la Ley 30/1992 (BOE del 27 de diciembre).
El interesado dispondrá de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para poder examinar el expediente en el Servicio de Justicia, Administración Local e Interior de esta delegación provincial, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o pruebas, considere convenientes en defensa de sus derechos, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad, tal como lo establece el artículo 13 d) del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.
En caso de que decida no efectuar alegaciones en el plazo indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado como propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del R.D. 1398/1993 (BOE del 9 de agosto), determinándose para estos efectos el importe de la sanción.
Será competente para la imposición de la sanción el delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en Lugo, según lo establecido en la Orden de 26 de septiembre de 1996, de la citada consellería (DOG del 30).
Lugo, 18 de julio de 2001.
Manuel Teijeiro Álvarez
Delegado provincial de Lugo