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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 169 Viernes, 31 de agosto de 2001 Pág. 11.670

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2001 sobre autorización de apertura de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes S.A. RACC, sita en la calle Juan Flórez, 15-17, de A Coruña.

Examinado el expediente instruido a instancia de Josep Mateu Negre, en calidad de representante legal de la entidad mercantil S.A. RACC, en solicitud de la autorización de apertura de un nuevo establecimiento, en la c/ Juan Flórez, 15-17, de A Coruña, de la agencia de viajes S.A. RACC, del grupo mayorista-minorista, con código identificativo GC-34-MD, con casa central en Barcelona, en la avda. Diagonal, 687.

Resultando que, el interesado junto con la solicitud acompañó toda la documentación a que hace referencia el artículo 10 del Reglamento de las agencias de viajes de Galicia, aprobado mediante el Decreto 155/1989, del 22 de junio.

Considerando que en la empresa solicitante y en el nuevo establecimiento de la agencia de viajes, concurren todas las condiciones exigidas por el mencionado Reglamento para la obtención de su autorización.

Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Vistos la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su presidente, el Decreto 155/1989, de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las agencias de viajes de Galicia, y la Orden de 12 de enero de 1998 de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se delega en el director general de Turismo la competencia para autorizar los nuevos establecimientos y dependencias auxiliares de las agencias de viajes ya autorizadas, esta Dirección General de Turismo

RESUELVE:

Autorizar a la agencia de viajes S.A. RACC, sita en Barcelona, en la avda. Diagonal, 687, de la que es titular S.A. RACC, la apertura de un nuevo establecimiento en A Coruña, en la c/ Juan Flórez, 15-17, que será inscrito en el registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma Gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG.

Todo esto sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2001.

P.D. (Orden 12-1-1998)

Aurelio Miras Protugal

Director general de Turismo