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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Miercoles, 01 de agosto de 2001 Pág. 10.508

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa de las instalaciones del parque eólico de Ourol para los efectos de presentación de proyectos en competencia. (Expediente 082-EOL).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 205/1995, de 6 de julio, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, someto a información pública la solicitude de autorización administrativa de las instalaciones del parque eólico de Ourol con las siguientes característica:

Peticionario: Hidroeléctrica de Ourol, S.L., ayuntamiento de Ourol, carretera general s/n, 27865-Ourol (Lugo).

Situación: ayuntamientos de Ourol y Muras (Lugo).

Emplazamiento (coordenadas poligonales en unidades U.T.M):

V(0.604.782,00; 4.825.500,00), V(0.604.814,00; 4.825,793,00).

V(0.605.055,00; 4.826.036,00), V(0.605.062,00; 4.826.377,00).

V(0.605.485,00; 4.827.177,00), V(0.605.745,00; 4.827.317,00).

V(0.606.195,00; 4.828.074,00), V(0.606.133,00; 4.828.891,00).

V(0.606.057,00; 4.828.925,00), V(0.605.109,00; 4.827.025,00).

V(0.604.719,00; 4.825.500,00), V(0.603.000,00; 4.825.500,00).

V(0.603.000,00; 4.823.000,00), V(0.606.900,00; 4.823.000,00).

V(0.606.900,00; 4.822.000,00), V(0.608.000,00; 4.822.000,00).

V(0.609.800,00; 4.819.800,00), V(0.611.000,00; 4.817.500,00).

V(0.613.000,00; 4.817.500,00), V(0.611.700,00; 4.818.850,00).

V(0.613.750,00; 4.819.750,00), V(0.613.000,00; 4.824.200,00).

V(0.610.000,00; 4.824.200,00), V(0.610.000,00; 4.827.000,00).

V(0.609.000,00; 4.827.000,00), V(0.607.750,00; 4.825.500,00).

Superficie afectada: 4617,6954 ha.

Potencia bruta: 49,6 MW.

Las entidades públicas o privadas interesadas podrán presentar solicitudes en competencia durante el plazo de 20 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, mediante el procedimiento establecido en el artículo 10 del citado Decreto 205/1995, de 6 de julio, que regula el aprovechamiento de la energía eólica en Galicia.

Lugo, 4 de julio de 2001.

Jesús Bendaña Suárez

Delegado provincial de Lugo