En el uso de las competencias sobre pensiones no contributivas de la Seguridad Social, reguladas por el Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al haber sido devueltas por el servicio de correos la resolución enviada en su día, se requiere a los citados en el anexo para que en el plazo de 10 días, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto comparezcan, personalmente o debidamente representados, en la delegación provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales en Vigo (Pontevedra), para tener conocimiento de la resolución correspondiente, advertiendoles que de no hacerlo así, se tendrán por notificado con los efectos que correspondan.
Pontevedra, 20 de junio de 2001.
María Dolores Pan Vázquez
Delegada provincial de Pontevedra
ANEXO
Apellidos y nombre DNI Notificación Importe
111,61 euros*
Pereira Fernandez María Ángeles 36.089.896 Resolución de extinción del derecho a la pensión de invalidez no contributiva. 0 ptas.
Salazar Gabarri, José 35.561.223 Resolución de extinción del derecho a la pensión de invalidez no contributiva 0 ptas.
Rodríguez Araújo, Miguel Ángel 36.070.308 Resolución de concesión de deducciones en la pensión no contributiva para el reintegro de cobro indebido. 18.570 ptas.
*Para esta información se utilizo el tipo oficial de conversión 166,386 ptas./1 euros.