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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Martes, 10 de julio de 2001 Pág. 9.291

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VIGO

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2001 por la que se nombra profesor titular de universidad del área de conocimiento de ingeniería eléctrica, del departamento de Ingeniería Eléctrica, a Eloy Díaz Dorado (plaza 27/2000).

De conformidad con la propuesta formulada por la comisión constituida para juzgar el concurso convocado por resolución de esta universidad de 17 de agosto de 2000 (BOE de 6 de septiembre), para la provisión de una plaza de profesor titular de universidad del área de conocimiento de ingeniería eléctrica, del departamento de Ingeniería Eléctrica, a favor de Eloy Díaz Dorado, con documento nacional de identidad número 36.067.903-Q, cumpliendo el interesado los requisitos a que alude el apartado 2º del artículo 5 del Real decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,

Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a Eloy Díaz Dorado profesor titular de universidad del área de conocimiento de ingeniería eléctrica, del departamento de Ingeniería Eléctrica.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes citado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, modificadora de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 12 de junio de 2001.

Domingo Docampo Amoedo

Rector de la Universidad de Vigo