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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Lunes, 25 de junio de 2001 Pág. 8.531

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (50/2001).

Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número tres de A Coruña, da fe y certifica que en este juzgado se siguen autos número 50/2001, seguidos a instancia de Rubén Cotelo Arijón, contra Plásticos Bergantiños, S.L. y Sodipal, S.L., sobre salarios, en los que ha recaido sentencia en fecha 8-5-2001 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Que, estimando la demanda formulada por Rubén Cotelo Arijón y José Manuel Ferreiro Suárez, contra las empresas Plásticos Bergantiños, S.L. y Sodipal, S.L., condeno a éstas solidariamente a abonar la cantidad de 409.462 pesetas a cada uno de ellos, que le adeuda en concepto de salarios.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado de lo Social en el plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente al de su notificación.

Se previene a la empresa demandada de que, para recurrir, deberá acreditar haber ingresado en la c/c de consignaciones, código 5604.0000.60 50-01, del Banco de Bilbao-Vizcaya de esta ciudad, denominada Cuenta del Juzgado de lo Social número tres, el importe de la condena y 25.000 pesetas en concepto de depósito, requisitos sin los cuales no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Plásticos Bergantiños, S.L., expido y firmo la presente cédula en A Coruña, a 22 de mayo de 2001.

El secretario judicial

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