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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Martes, 05 de junio de 2001 Pág. 7.451

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2001 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Intituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases operativas funcionales de las oficinas de este instituto.

Dentro de los principios generales que rigen las actividades del Igape, recogidos en el Plan Plurianual 2000-2003 del instituto, se considera de gran importancia la búsqueda de un mayor acercamiento de este a los agentes económicos y sociales para ofrecer una adecuada respuesta a las necesidades cuya solución es demandada al Igape en el cumplimiento último de sus fines.

Dentro de esta línea estratégica se sitúa el Programa de Gestión Descentralizada del Igape con el objetivo de actuar como emisor de información y apoyo en la gestión de ayudas, además de ser receptor de la inquietud y sugerencia, de los destinatarios últimos de los programas del Igape.

En el sentido más amplio, la información especializada supone un acercamiento personalizado a las necesidades de las empresas, convirtiéndose hoy en día en una herramienta de competitividad imprescindible para asegurar la viabilidad y la consolidación de su proyecto en el mercado global.

Las actividades llevadas a cabo por el Igape, en el ámbito de la información empresarial, contribuyen a la búsqueda de una mayor coordinación con las distintas instituciones públicas, todas ellas implicadas en facilitar el acceso a la información de los distintos programas de ayudas y apoyos en materia de promoción y dinamización de la actividad económica.

Con esta idea, el Igape, por medio de la ampliación de sus oficinas, pretende un mayor acercamiento al ciudadano, ya que actuarán como emisores de información y apoyo de la gestión de ayudas, además de receptores de inquietudes y sugerencias de los destinatarios últimos de los programas del Igape.

La eficacia de la puesta en marcha de los nuevos programas y servicios que los empresarios necesitan pasa por el acercamiento a su realidad y problemática donde los distintos agentes económicos y los propios empresarios puedan tener un canalizador de sus sugerencias. Se pretende promover el acercamiento directo y personal a los empresarios gallegos por medio de la apertura de las oficinas territoriales del Igape, que serán centros de referencia para el asesoramiento, dando una respuesta cualificada y horizontal a los proyectos empresariales y de emprendedores. Esta respuesta acompañará y ayudará al interesado a llegar a la consecución final de lo que dichos proyectos pretenden, buscando siempre desde dichas oficinas el mejor modo de dar información sobre las ayudas a disposición de los empresarios, y también como vehículo para recoger sus inquietudes frente a los nuevos retos económicos.

Asimismo, las oficinas servirán de soporte para un programa de acceso de titulados al conocimiento en la elaboración e implantación de proyectos de empresa.

Todo lo anterior se ve enmarcado en un esfuerzo tecnológico acometido por el Igape para disponer de los medios informáticos que permitan tener información real en cualquiera de las oficinas del Igape, así como un esfuerzo en la formación de su personal con el fin de cumplir con las funciones de asesoramiento e información que se demanden en dichas oficinas.

Finalizado el proceso de formación llevado a cabo en el últimos meses y teniendo cubierta la capacidad logística de información, se propone la consolidación de las oficinas del Igape en Vigo, la ampliación de los recursos de la oficina de Ferrol (Plan Ferrol), la puesta en servicio de la oficina de servicios centrales en Santiago de Compostela, y la apertura de nuevas oficinas en A Coruña y Pontevedra ya provistas de personal, así como las de Lugo y Ourense una vez se doten de su personal correspondiente.

Por todo ello, el Consejo de Dirección del Igape en su reunión, celebrada el día 29 de marzo de 2001, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero.-La creación de las oficinas del Servicio de Información del Igape de A Coruña, servicios centrales (Santiago de Compostela), Lugo, Ourense y Pontevedra, que junto a las ya creadas y operativas de Ferrol y Vigo conforman los instrumentos operativos del Plan de Gestión Descentralizada del Igape.

Segundo.-Salvo servicios centrales, las oficinas estarán ubicadas con carácter general en las delegaciones territoriales de la Consellería de Economía y Hacienda, excepto que dificultades de disponibilidad obliguen a otra ubicación.

El área de influencia de las oficinas, de cara a los demandantes del servicio será el siguiente:

Oficina de A Coruña: A Coruña, Fisterra, Terra de Soneira, Bergantiños y Betanzos.

Oficina de Ferrol: Ferrol, Eume y Ortegal.

Oficina de los servicios centrales (Santiago de Compostela): Santiago de Compostela, Ordes, Arzúa, Terra de Melide, Xallas, A Barcala, O Sar, Noia, A Barbanza, Muros y Lalín (Deza y Tabeirós-Terra de Montes).

Oficina de Pontevedra: Pontevedra, Caldas de Reis, O Salnés, O Morrazo.

Oficina de Vigo: Vigo, O Condado, A Paradanta, O Baixo Miño.

Tercero.-El horario de atención al público de las oficinas del Servicio de Información del Igape será el establecido con carácter general para el Igape, estableciéndose un servicio de llamada previa para una mayor y mejor prestación del servicio.

Cuarto.-Su operativa de atención al público queda recogida en la relación de funciones que se indican a continuación.

a) Información general de las actividades del Igape y de todo tipo de ayudas que las administraciones destinen a incentivar el desarrollo y fomento de la actividad empresarial.

b) Registro administrativo.

c) Actuaciones respecto a las líneas de ayuda del Igape:

1. Asesorar sobre la formalización del expediente de solicitud.

2. Todas aquellas actuaciones de gestión que sean necesarias para la tramitación de las ayudas hasta la fase de informe técnico, entre otras, revisión de la documentación presentada con la solicitud de ayuda, reclamación, si procede la documentación que falte, o que deba ser subsanada y concesión de oficio o a instancia de parte de prórroga en los plazos de subsanación.

3. Informar sobre la situación de su expediente, así como la posibilidad de recibir cualquier documento o escrito correspondiente al mismo, antes de que llegue a la fase de propuesta de resolución.

d) Ser interlocutor ante el solicitante de las inquietudes y sugerencias que puedan surgir en la gestión, los programas y ayudas del Igape.

e) El personal técnico de las oficinas del Igape desarrollará tareas de difusión y divulgación de los programas y ayudas del Igape en su ámbito de influencia por medio de su participación, entre otras, en mesas redondas, jornadas informativas y encuentros con empresarios, etc.

f) El personal de las oficinas del Igape, dentro de las funciones de conocedores de la realidad empresarial, pondrán a disposición de los demandantes de servicios, los cuestionarios que se consideren precisos, con el fin de tener valoraciones de dicha realidad.

g) El personal técnico adscrito a las oficinas del Igape podrá, en virtud de sus posibilidades operativas, desarrollar labores de estudio e investigación, a fin de alcanzar los informes necesarios que permitan el conocimiento del impacto de las acciones del Igape adecuándolas a las necesidades reales del mundo empresarial.

h) Cualquier otra actuación que, por razones operativas, venga a mejorar los fines y las prestaciones de servicios por parte de las oficinas del Igape hacia los interesados.

i) La gestión en la fase de tramitación de las ayudas, previo su análisis técnico, y la coordinación de las distintas oficinas del Igape, será responsabilidad de la Subdirección de Información Especializada.

j) Gestionar el programa de acceso de titulados al conocimiento en la elaboración e implantación de proyectos de empresa.

Quinto.

1. En general, el personal adscrito a las oficinas del Igape será competente para:

a) Llevar la gestión y control del registro administrativo a su cargo.

b) Cotejar con su original la documentación presentada en los expedientes gestionados por el Igape.

c) Requerir la subsanación de la documentación no presentada con la solicitud.

2. El personal técnico adscrito a las oficinas del Igape será competente para otorgar, de oficio o a instancia de parte, una prórroga en los plazos de subsanación de documentación que no excedan 5 días naturales.

Santiago de Compostela, 30 de marzo de 2001.

Margarita Rodríguez Rama

Directora general del Instituto Gallego

de Promoción Económica