La Orden de 26 de noviembre de 1993 (DOG del 23 de diciembre), establece en su artículo 2º que se convalidará el curso de especialización en lengua gallega a los licenciados en filología y a los diplomados en EGB por las escuelas universitarias de formación del profesorado de EGB, que estén en posesión de los certificados del ciclo elemental y del ciclo superior de gallego de las escuelas oficiales de idiomas.
Por lo anteriormente expuesto,
DISPONGO:
Artículo 1º
Conceder la convalidación del curso de especialización en lengua gallega a las personas que a continuación se ralacionan, por reunir los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de 26 de noviembre de 1993:
Mª Carmen Durán Vázquez 36.083.313.
Azucena de Fátima Cobas Gamallo 33.230.437.
Mª Francisca Barinaga Boutureira 32.423.474.
Artículo 2º
La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria expedirá los correspondientes diplomas.
Disposición final
Se faculta a la Dirección General de Política Lingüística de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para el desarrollo de esta orden.
Santiago de Compostela, 24 de abril de 2001.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria