Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 08 de mayo de 2001 Pág. 6.154

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 93/2001, de 19 de abril, por el que se declara la urgente ocupación, para efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Ortigueira, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de mejora ambiental del borde fluvial de la ría de Ortigueira, tramo Santa Marta-Morouzos.

El Ayuntamiento de Ortigueira, en sesión celebrada el día 23 de enero de 2000, aprobó el proyecto de mejora ambiental del borde fluvial de la ría de Ortigueira, tramo Santa Marta-Morouzos y, en la sesión

de 28 de junio de 2000, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del Ayuntamiento de Ortigueira fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente, con fecha de entrada en el registro de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de 28 de marzo de 2001.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable en fecha 7 de diciembre de 2000.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado porque, según señala el ayuntamiento, la urgencia de las obras viene dada por la necesidad de regeneración de una zona que se encuentra incluida en el Convenio Internacional Ramsar de Humedales de Importancia Internacional, catalogada como espacio natural protegido, y dentro de la red europea Natura 2000, y que en la actualidad se encuentra altamente degradada por la acción del hombre sobre todo por el uso intensivo del suelo con fines agrícolas y forestales, lo que condiciona en gran medida la estabilidad del paisaje al presentar esta zona graves deficiencias ocasionadas por la abundancia de eucaliptales.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecinueve de abril de dos mil uno,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación por el Ayuntamiento de Ortigueira, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de mejora ambiental del borde fluvial de la ría de Ortigueira, tramo Santa Marta-Morouzos.

Santiago de Compostela, diecinueve de abril de dos mil uno.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales