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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 03 de mayo de 2001 Pág. 5.985

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

ENTIDAD LOCAL MENOR DE BEMBRIVE-VIGO

ANUNCIO.

Se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de peón mediante contrato laboral de duración indefinida para la brigada de obras y servicios de la Entidad Local Menor de Bembrive, por el sistema de concurso-oposición, conforme las siguientes:

BASES

Bases para la provisión de una plaza de peón mediante contrato laboral de duración indefinida para la brigada de obras y servicios de la entidad local menor correspondiente a la oferta de empleo público del año 2001, por el sistema de concurso-oposición libre.

Primera.-Objeto de la convocatoria.

Las presentes bases tienen por objeto la regulación del procedimiento selectivo para la provisión en propiedad de una plaza de peón en régimen laboral de duración indefinida, mediante contrato a jornada completa, para la brigada de obras y servicios, contenida en la oferta de empleo público de la Entidad Local Menor de 2001.

Segunda.-Sistema de selección.

Se establece como procedimiento de selección el de concurso-oposición libre.

Las retribuciones serán las establecidas por el convenio de aplicación.

Tercera.-Publicidad de las bases de la convocatoria.

Las bases específicas de las pruebas selectivas así como las convocatorias se publicarán en el BOP, en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios

de la entidad local menor, y se debe efectuar el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, comenzando el plazo para la presentación de solicitudes a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de veinte días naturales fijado para la presentación de solicitudes, la alcaldía-pedanía resolverá la aprobación de la lista de aspirantes admitidos y excluidos con especificación, en su caso, de los motivos de exclusión, nombrando al tribunal calificador y fijando la fecha y lugar para la celebración de las pruebas selectivas de la plaza convocada.

La lista de admitidos y excluidos y la composición del tribunal calificador, así como el señalamiento de la fecha para la celebración de las pruebas se publicará en el BOP y en el tablón de anuncios de la entidad local menor.

Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aspirantes admitidos y excluidos, para emendar los defectos que motivaran la exclusión u omisión, y además podrán, dentro de dicho plazo, recusar los miembros del tribunal por alguno de los motivos señalados en el artículo 28.2º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, sin perjuicio de que también puedan promover la recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.

Finalizado el plazo de los diez días sin reclamaciones la lista de admitidos queda elevada automáticamente a definitiva.

Quinta.-Condiciones de los aspirantes y documentación a presentar.

Para ser admitido a las pruebas de selección de la plaza convocada, será necesario:

1. Ser español.

2. Haber cumplido dieciocho años de edad y no exceder de cincuenta y cinco años, ambas edades referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las tareas del puesto convocado.

4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración pública, ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

5. Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, del título de certificado de escolaridad.

Sexta.-Presentación de solicitudes.

Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas convocadas, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las con

diciones exigidas, referidas siempre a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de instancias, deberán dirijirse al alcalde-pedáneo de la Entidad Local Menor de Bembrive, aportando una fotocopia del documento nacional de identidad y, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos allegados, ajustándose a las siguientes normas.

1. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria de la plaza en el Boletín Oficial del Estado.

2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el registro general de la Entidad Local Menor de Bembrive o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hicieran constar en su solicitud, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado antes de que finalice el plazo de veinte días señalado para la admisión de instancias.

Finalizado este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza salvo causas excepcionales sobrevenidas y justificadas que apreciará libremente el tribunal.

4. Al ser el sistema de selección el de concurso-oposición libre, los aspirantes deben presentar, junto con la solicitud, y en todo caso, antes de la finalización del plazo señalado para la admisión de instancias, la documentación acreditativa de los méritos que aleguen.

Séptima.-Pruebas selectivas.

Fase de valoración de méritos:

En la selección de los aspirantes, y posteriormente la fase de oposición, se valorarán los méritos aportados por los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo:

-Por experiencia previa en trabajos propios de la categoría de peón en administraciones públicas. Se acreditará mediante contrato de trabajo. 1 punto por año de trabajo, con un máximo de 5 puntos.

-Por experiencia previa en trabajos propios de la categoría de peón en empresas privadas. Se acreditarán mediante contrato de trabajo. 0,5 puntos por año de trabajo, con un máximo de 5 puntos.

Fase de oposición.

Consistirá en la realización de un ejercicio de carácter práctico y eliminatorio en el que se procederá a realizar un trabajo manual tendente a acreditar los conocimientos de los aspirantes y su formación profesional en relación con las tareas propias de la plaza convocada, durante el período previamente señalado por el tribunal.

La puntuación final del proceso selectivo será el resultado de sumar la puntuación de la fase de concurso con la puntuación de la fase de oposición. Será propuesto para la plaza convocada el aspirante que reúna la mayor puntuación.

El ejercicio de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y se puntuará de 0 a 10 puntos.

Octava.-Tribunal calificador.

El tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: el alcalde pedáneo, Carlos Comesaña Abalde, o vocal en el que delegue.

Vocales:

Tres miembros de la junta vecinal.

Un trabajador de la Entidad Local Menor de Bembrive.

Un representante de los trabajadores de la entidad local menor.

Secretario: el secretario de la Entidad Local Menor de Bembrive.

El funcionamiento del tribunal se ajustará a lo previsto en la Ley de procedimiento administrativo para los órganos colegiados, quedando este facultado para resolver las dudas que se presenten en el procedimiento de valoración.

Novena.-Lista de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Una vez finalizada la calificación de los aspirantes, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la entidad local menor la relación de aprobados por orden de puntuación, con la correspondiente propuesta de candidato para su contratación que no podrá exceder el número de plazas y hará llegar dicha relación a la presidencia de la entidad local menor.

La persona propuesta presentará en la secretaría de la entidad local menor, en el plazo de veinte días naturales desde que se haga la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base quinta de esta convocatoria.

Una vez presentada la documentación, se procederá a la formalización de la relación laboral y registro de la misma ante el Instituto Nacional de Empleo.

Décima.-Incidencias.

Las bases y convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de esta y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley de procedimiento administrativo.

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

Para lo no previsto en las presentes bases de la convocatoria se estará a lo dispuesto en las siguientes disposiciones:

Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, Ley 7/1985 de 2 de abril de bases del régimen local, Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, Real decreto 896/1991 y Real decreto

364/1995 por el que se aprueba el reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

Undécima.-Norma final.

Las bases específicas de la convocatoria aprobadas por la junta vecinal de la Entidad Local Menor de Bembrive y cuantos actos administrativos deriven de ellas y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnadas en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Asimismo la entidad local menor podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del tribunal conforme a lo previsto en dicha Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Bembrive, 9 de febrero de 2001.

Carlos Comesaña Abalde

Alcalde pedáneo