Intentadas las notificaciones directas a las empresas operadoras y a los titulares de los establecimientos, en relación con los expedientes sancionadores en materia de juego, que se relacionan en la hoja anexa, y al no poder efectuarse, la Dirección General de Interior y Protección Civil resuelve, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, proceder a la notificación de dicha resolución mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Contra las presentes resoluciones, que agotan la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 e 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo, las muy graves ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, y las graves ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en un plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Se le comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en las cuentas restringidas de recaudación en cada provincia, a favor del Tesoro de Hacienda gallega, que se especifica en el anexo, y cuyo boletín podrán recoger en las delegaciones provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.
Santiago de Compostela, 19 de marzo de 2001.
José Benito Suárez Costa
Director general de Interior y Protección Civil
ANEXO
operadora/titular resolución sanción
infringido
Exp. Empresa
Domicilio CIF/NIF Fecha
Tipific.
Importe Establecimiento C/C a ingresar Precepto
Barcelona
Destrucción
máquina Pedreira Laraxe
Cabanas (A Coruña) 311-300-4355/2 Barcelona
Destrucción
máquina C/ Cambre, 10-12
Narón (A Coruña) 311-300-4355/2 Barcelona
Destrucción
máquina San Salvador, 22
Ferrol (A Coruña) 311-300-4355/2 Barcelona
Destrucción
máquina Fontemoura, 10
O Ferrol (A Coruña) 311-300-4355/2 Barcelona
Destrucción
máquina Sargento Provisional, 14
Narón (A Coruña) 311-300-4355/2 Barcelona
Destrucción
máquina Avda. Generalísimo, 27
Cedeira (A Coruña) 311-300-4355/2 (A Coruña)
Campo da Feira, 15-bajo
Herbón Padrón
(A Coruña) 311-300-4355/2
Magistrado Manuel Artime, 6, A Coruña 311-300-4355/2
bloque 24 P-11 5º D
A Coruña
Barrio de las Flores, bl. 24
P-11 dcha., A Coruña 311-300-4355/2
Santiago de C.
Fernando III O Santo
Santiago de C. 311-300-4355/2
Vigo (Pontevedra)
Dr. Corbal, 20 Vigo 311-000006/0
Vigo (Pontevedra)
Costa da Barxa, 18 Patos
Nigrán (Pontevedra) 311-000006/0C-1/00 Jufer Pin's, S.L. Vía Augusta, 158-3º
B-24364671 22-6-00 Muy grave 1.500.000
Café Bar Tifany's
2091-0300-45
Artículo 28.a) de la Ley 14/1985
C-22/00 Jufer Pins, S.L. Vía Augusta, 158-3º
B-24364671 9-11-00 Muy grave 1.500.000
Bar La Esquina
2091-0300-45
Artículo 28.a) de la Ley 14/1985
C-23/00 Jufer Pin's, S.L. Vía Augusta, 158-3º
B-24364671 9-11-00 Muy grave 1.500.000
Los Angeles
2091-0300-45
Artículo 28.a) de la Ley 14/1985
C-24/00 Jufer Pin's, S.L. Vía Augusta, 158-3º
B-24364671 9-11-00 Muy grave 1.500.000
Bar Chito
2091-0300-45
Artículo 28.a) de la Ley 14/1985
C-25/00 Jufer Pin's, S.L. Vía Augusta, 158-3º
B-24364671 9-11-00 Muy grave 1.500.000
Bar Albariño
2091-0300-45
Artículo 28.a) de la Ley 14/1985
C-26/00 Jufer Pin's, S.L. Vía Augusta, 158-3º
B-24364671 16-11-00 Muy grave 1.500.000
Bar Bellón
2091-0300-45
Artículo 28.a) de la Ley 14/1985
C-9/00 Francisco Caldelas Vidal Herbón Padrón
44812148 25-9-00 Grave 100.001 M-3
2091-0300-45
Artículo 29.i) de la Ley 14/1985
C-17/00 Jesús Ángel Espiñeira Roca Magistrado Manuel Artime, 6, A Coruña 33844506 21-11-00 Muy grave 1.000.001 Laberinto
2091-0300-45
Artículo 28.a) y 28.g) de la Ley 14/1985
C-19/00 Antonio Glez. Rodríguez Barrio de las Flores
32757310-C 27-11-00 Muy grave 1.000.001 Pub Base-2
2091-0300-45
Art. 6 de la Ley 34/1987 y art. 20.6º del R.D. 1398/1993
C-20/00 José Mª Maceiras Santos Fernando III O Santo
32613989 9-11-00 Muy grave 1.000.001 La Ofisina
2091-0300-45
Artículo 28.a) de la Ley 14/1985
P-30/00 Recreativos Veiga, S.L. Vía Hispanidade, 73-bj.
32613989 20-12-00 Grave 100.001 Copa Dorada 2
2091-0500-16
Artículo 29.i) de la Ley 14/1985
P-22/00 Mª Guadalupe Marciel Achabal Barcelona, 76-2º C
35187489-N 3-11-00 Grave 100.001 Bar Nely
2091-0500-16
Artículo 29.i) de la Ley 14/1985
operadora/titular resolución sanción
infringido
Exp. Empresa
Domicilio CIF/NIF Fecha
Tipific.
Importe Establecimiento C/C a ingresar Precepto
Ourense
Galicia, 16
Monforte de Lemos
(Lugo) 311-000108/7 Quiroga (Lugo)
Gral. Franco, 48 Quiroga (Lugo) 311-000108/7L-3/00 Recreativos Xeitoso, S.L. Marcelo Macías, 5-4º H
B-32027683 30-10-00 Grave 100.001 Bar Breogán
2091-0152-24
Artículo 29.i) de la Ley 14/1985
LU-5/00 Verónica Alonso García Gral. Franco, 48
71552150-E 2-2-01 Grave 100.001 Café Asturica
2091-0152-24
Artículo 29.i) de la Ley 14/1985