Francisco Castiñeiras Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio que en el juicio de faltas número 251/2000, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
«Procedimiento: juicio de faltas 251/2000.
En Santiago de Compostela, a trece de octubre de dos mil.
En nombre del Rey.
Leonor Castro Calvo, magistrada jueza de Instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa de juicio de faltas 251/2000, seguida por una falta de desobediencia, en el que han sido parte, además del Ministerio Fiscal, el agente de la Policía nacional con número de identificación 59.933 denunciante y como denunciado Miguel Ángel Varela Souto, ha pronunciado la siguiente sentencia:
Fallo que debo condenar y condeno a Miguel Ángel Varela Souto como autor de una falta del artículo 634 del Código penal a la multa de 10 días y cuota diaria de 500 pesetas/día con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este juzgado para ante la Audiencia Provincial de A Coruña, Sección 6ª con sede en Santiago de Compostela, en el plazo de cinco días desde su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Miguel Ángel Varela Souto, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto en Santiago de Compostela a veintidós de marzo de dos mil uno.
El secretario
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