Por la presente cédula, se notifica los/as denunciados/as, cuyas señas y últimos domicilios conocidos/as se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de A Coruña, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (DOG del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada, ante el director general de Transportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones, disponen de un plazo de quince días, para su pago en voluntaria, haciendo efectiva la multa mediante ingreso a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta de recaudación de multas y sanciones nº 1302 6000 08 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros.
Transcurrido este plazo se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12).
Y para que conste y sirva de notificación, a los/as denunciados/as de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la anteriormente citada ley, expido, firmo y sello la presente en A Coruña a 13 de marzo de 2001.
Gonzalo López González
Jefe del Servicio Provincial de Transportes
de A Coruña
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
C-8760-CH
G.C. de Tráfico Fase Elviña Ed S. Xusto 2ª fase, s/n
15008 A Coruña
28-7-2000; 8.30; A-9; 24,600
PO-6350-BD
G.C. de Tráfico Av. Balaídos, 44
36210 Vigo (Pontevedra)
27-7-2000; 17.55; A-6; 559,500
C-5093-AX
G.C. de Tráfico Alto Montouto, s/n
15886 Teo (A Coruña)
27-7-2000; 8.48; N-525; 337,500
PO-5328-BC
G.C. de Tráfico Pedraúcha-Tameiga, 52
36416 Mos (Pontevedra)
28-7-2000; 12.55; N-550; 45
C-5195-AU
G.C. de Tráfico Piñeiro S. Cristóbal, s/n
15706 Santiago de Compostela (A Coruña)
31-7-2000; 7.57; N-550; 56
PO-0002-BT
G.C. de Tráfico Paz, 8
36202 Vigo (Pontevedra)
31-7-2000; 18.35; N-525; 332,800
C-4763-AJ
G.C. de Tráfico Barcelona, 137-1º
15011 A Coruña
21-8-2000; 15.15, N-550; 54
C-9635-CB
G.C. de Tráfico Portodemouros, s/n
15810 Arzúa (A Coruña)
25-8-2000; 16.25; C-550; 2,500
C-9225-AZ
G.C. de Tráfico Haciadama El Burgo, s/n
15670 Culleredo (A Coruña)
20-9-2000; 18.50; C-550; 23,800
C-0222-AN
G.C. de Tráfico Cm. del Feal, 5
15572 Narón (A Coruña)
9-10-2000; 16.45; C-641; 487
XC-01271-O-2000
Comunicaciones Elemar Nor, S.L
Realizar un transporte privado complementario de mercancías (material eléctrico y útiles para a su montaje) careciendo de tarjeta de transporte.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 25.000 ptas.
XC-01272-O-2000
Transportes Delemise, S.L.
Circular transportando cinco metros y medio de hormigón careciendo de la tarjeta visado de transporte. Presenta tarjeta caducada con fecha 31-5-00 con visado válido hasta abril de 2000.
Artículo 199,b) del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 5.000 ptas.
XC-01286-O-2000
Cándido Pazos, S.L.
Circular transportando material y maquinaria de jardinería desde Santiago a Vedra, careciendo de tarjeta de transporte.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990. 25.000 ptas.
XC-01290-O-2000
Construcciones Curuxeira, S.L.
Circular transportando escombros y piezas de granito, desde Ordes a Santiago, llevando la tarjeta de transporte caducada. Validez hasta el 30-6-99.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 25.000 ptas.
XC-01307-O-2000
Javier Castro, S.L.
Realizar transporte ostentando distintivos de menor operatividad. Circula con distintivos de ámbito territorial. Transporta 100 kg de madera.
O.M. de 25 de octubre de 1990 (BOE del 30) Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 15.000 ptas.
XC-01319-O-2000
Luapapel, S.L.
Circular transportando productos de droguería desde Malpica a Vilar de Cruces, careciendo de tarjeta de transporte.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 15.000 ptas.
XC-01451-O-2000
Alioune Fediore
Realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de la tarjeta de transporte. Transporta 200 kg de bolsos de piel y polipiel.
Artículo 199,b) del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 5.000 ptas.
XC-01507-O-2000
Manuel Pardo Díaz
Circular desde Carnota hasta Santiago, transportando el vehículo reseñado artículos de hostelería, careciendo de tarjeta de transporte.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 15.000 ptas.
XC-01571-O-2000
Talleres Mecánicos e Industriales, S.A.
Transportar en el citado vehículo desde A Coruña a Boiro, una cinta transportadora (herramienta industrial) careciendo de la correspondiente tarjeta de transporte.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 25.000 ptas.
XC-01699-O-2000
Pinturas Garmei, S.L.
Circular transportando pintura y herramientas para la actividad de la empresa titular del vehículo careciendo de todos los distintivos correspondientes.
O.M. de 25 de octubre de 1990 (BOE del 30) Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 15.000 ptas.
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-7260-AH
G.C. de Tráfico Avda. Hercules, 15, 1-D
15002 A Coruña
18-10-2000; 17.18, C-646; 34,200
XC-01770-O-2000
Fdez. Pena Distrib. Alimentarias, S.L.
Circular realizando transporte privado para lo que se exige un título administrativo específico, careciendo del mismo, por la falta de visado. Válido el visado hasta 31-7-1999. Transporta bollería de pan bimbo, el vehículo lleva distintivos de servicio privado complementario.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990 25.000 ptas.