Por la presente cédula, se les notifican a los denunciados cuyos datos y últimos domicilios conocidos que en el anexo se señalan, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de Lugo, facultado por el Decreto 70/1993, de 10 de marzo (Diario Oficial de Galicia del 26 de marzo), recaidas en los expedientes que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste para interponer recurso ordinario ante el director general de Transportes de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones, deberán hacer efectiva la multa por transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros, sucursal de Santiago de Compostela.
Y para que conste y sirva de notificación a los denunciados, de domicilio desconocido, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), expido, firmo y sello la presente cédula en Lugo a 6 de marzo de 2001.
Antonio Lage González
Jefe del Servicio Provincial de Transportes de Lugo
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Último domicilio conocido -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
LU-0803-M
G.C. Tráfico Correal, 3, 27600 Sarria (Lugo)
31-8-2000; 7.50; C-546; 12
OR-9723-K
LE90ROO33305733 Redondela, 41, 32400 Ribadavia (Ourense)
LU-3805-O
LE90ROO33305733 Río Sil, 7, 27003 Lugo
LU-02068-O-2000
Const. López Vilaro, S.L.
Realizar un transporte de mercancías (hierros), en régimen de servicio privado, careciendo de autorización de transportes.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas LU-02272-I-2000
Luis Baca Soto
No realizar el visado de la autorización del vehículo OR-9723-K en el plazo determinado por la Administración. Artículo 46 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas LU-02289-I-2000
Cousas Lugo, S.L.
No realizar el visado de la autorización del vehículo LU-3805-O en el plazo determinado por la Administración. Artículo 46 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas
OR-2160-T
G.C. Tráfico Carriarico, s/n, 322 Ourense
18-10-2000; 18.40; C-546; 27
LU-02357-O-2000
Confecciones Montemar, S.L.
Realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de tarjeta de transportes.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Último domicilio conocido -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
A-1653-DW
G.C. Tráfico Jaime I, 9 3610 Petrel (Alicante)
30-10-2000; 11.30; N-120; 512,300
LU-5786-T
G.C. Tráfico Sagrado Corazón, 13 B.I, 273 Lugo
23-10-2000; 12.40; N-540; 1
O-9009-CF
G.C. Tráfico Hnos. Glez. Blanco, Luanco, 21-2,
33440 Gozón (Asturias)
11-11-2000; 1.28; N-634; 555,500
LU-5146-L
LE90ROO33305733 Sierra de Ancares, 84 B, 27003 Lugo
LU-02384-O-2000
Cluny Piel, S.L.
Circular transportando pieles, realizando un servicio privado complementario de mercancías, careciendo de autorización de transportes.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas LU-02414-O-2000
Juan Ignacio Arias López
Realizar transporte privado complementario de mercancías, careciendo de todos los distintivos de radio de acción o ámbito.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE 30) Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 15.000 pesetas LU-02568-O-2000
Herminio Albuerne Merino
Transportar pescado fresco, careciendo el vehículo de todos los distintivos de radio de acción.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE 30) Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 15.000 pesetas LU-02692-I-2000
Mª Victoria Villa Vázquez
No realizar el visado de la autorización del vehículo LU-5146-L en el plazo determinado por la Administración. Artículo 46 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas