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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Miercoles, 04 de abril de 2001 Pág. 4.423

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 1 de marzo de 2001, del Servicio de Informes y Recursos de la Dirección General de Transportes, por la que se notifican las denuncias por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente DX-00001-S-2001).

Por medio de esta cédula se notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo, se iniciaron con los números que se indican los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.

Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Servicio de Informes y Recursos lo que consideren conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.

Para que conste, y sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento admninistrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 1 de marzo de 2001.

Alberto Eiras Martínez

Jefe de Servicio de Informes y Recursos

Instructor

ANEXO

Expediente: DX-00001-S-2001.

Matrícula: C-4030-BX.

Denunciante: G.C. de Tráfico.

Denunciado: Fernando y Beatriz, S.L.

Última dirección conocida: Pol. Grela Bens, carretera O Bosque, s/n, 158, A Coruña.

Hecho denunciado: el 8 de agosto de 2000, el vehículo C-4030-BX de la titularidad de Fernando y Beatriz, S.L., desde el 22 de mayo de 1998, se vió implicado en un accidente. Efectuadas las oportunas actuaciones ante el gerente de la citada empresa, se aportó fotocopia del seguro de responsabilidad civil válido desde el 18-8-2000 hasta el 17-8-2001, no acreditando que el día del accidente 8-8-2000, el vehículo estuviese cubierto por el preceptivo seguro. No presentando documentación que acredite que los 49 vehículos cuya titularidad tiene la empresa se encuentren

cubiertos por el seguro de responsabilidad civil; asimismo tampoco presentó la autorización administrativa de la actividad de alquiler de vehículos sin conductor a la que se dedicaba. Se requirió varias veces, al gerente de la empresa para que presentase los documentos acreditativos del seguro de los 49 vehículos, así como autorización administrativa, sin que fuesen aportados. La empresa Fernando y Beatriz, S.L. tuvo autorización de alquiler de vehículos sin conductor hasta el 30 de junio de 2000 en que fue dado de baja por no visar.

Fecha/hora/carretera/p.k.: 8-8-2000;11.

Precepto infringido: artículo 133 de la Ley 16/1987.

Precepto sancionador: artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990.

Sanción propuesta: 250.000 pesetas.