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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Lunes, 26 de marzo de 2001 Pág. 3.777

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2001, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial para el año 2001 del convenio colectivo de la empresa Isolux Wat, S.A.

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2001 del convenio colectivo de la empresa Isolux Wat, S.A. (código convenio nº 1503731) que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 30-1-2001 suscrito en representación de la parte económica por la empresa y de la parte social por el comité de empresa el día 16-1-2001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración el Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 6 de febrero de 2001.

María Silva Costoya

Delegada provincial de A Coruña

En la ciudad de A Coruña, a las 12 horas del día 16 de enero de 2001, en el domicilio social de la empresa Isolux Wat, S.A., sito en la avda. de Finisterre nº 309-311, se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo de Isolux Wat, S.A., para la provincia de A Coruña, interviniendo por la parte empresarial Luis Prieto Moralejo, y Lino H. Fojo Arias y por la representación de los trabajadores Enrique Veira Pino y José A. Cortizo López, realiza las funciones de secretario José A. Cortizo López.

Iniciada la sesión y para dar cumplimiento a los artículos 35, 36, 39, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 51 del vigente convenio colectivo, se modifican las tablas salariales del anexo II, III, IV, V, VI. Se procede al cálculo de la revisión salarial ya la elaboración de las nuevas tablas salariales de los anexo, dietas,

horas de viajes, horas extraordinarias, plus de productividad y plus de trabajo en reparación de buques. En virtud de la conformidad y aceptación de ambas partes se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.-Manifestar la conformidad al documento anexo que contiene la revisión salarial y las tablas salariales de los anexos para el año 2001 que se aprueban y que firman los comparecientes.

Segundo.-En virtud del reconocimiento de la mutua capacidad y legitimidad, ambas parte acuerdan remitir lo actuado y las tablas salariales a la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de A Coruña, a fin de solicitar que se proceda a su registro y publicación.

Y siendo las 14 horas de la fecha anteriormente señalada, se levanta la presenta acta de la cual, yo como secretario doy fe.

ANEXO II

NivelesTablas 2000 (revisadas)Tablas 2001

14.742.9174.861.490
24.474.1334.585.986
34.106.0514.208.702
43.962.1264.061.179
53.731.5363.824.824
63.595.7533.685.647
73.206.4603.286.622
83.103.6403.181.231
92.970.4833.044.745
102.822.2262.892.782
112.717.8292.785.775
122.591.1082.655.886
132.426.4762.487.138
142.299.3232.356.806
152.211.6022.266.892
162.121.6512.174.692
172.055.7942.107.189
181.991.7772.041.571
191.915.2701.963.152

ANEXO III

Retribuciones mensuales (14 pagas/año)

CategoríasSalario

base

Compl. personal/mes

por año servicio

Personal obrero
Profesional de oficio de 1ª146.5951.124
Profesional de oficio de 2ª143.6821.100
Profesional de oficio de 3ª140.2251.071
Mozo de almacén139.5051.065
Especialista139.5051.065
Peón137.0371.044

Personal administrativo
Jefe de 1ª173.0421.338
Jefe de 2ª169.8661.312
Oficial de 1ª155.3421.191
Oficial de 2ª148.7281.136
Auxiliar140.4761.068
Viajante155.3421.191

Personal subalterno
Listero141.3081.075
Almacenero140.4761.068
Chófer camión y grúas autom.145.5781.110
Conductor máquinas automo.145.5781.110

CategoríasSalario

base

Compl. personal/mes

por año servicio

Telefonista136.7491.037

Personal técnico

* Titulados
Titulado superior198.1961.546
Titulado grado medio190.8011.485
Técnicos industriales162.9571.254

Otros técnicos

* Técnicos de taller
Jefe de taller173.0421.338
Maestro de taller161.1571.239
Contramaestre157.6931.211
Encargado148.7281.136

* Técnicos de oficina
Delineante proyectista167.4811.292
Delineante de 1ª156.3441.200
Delineante de 2ª147.3111.125
Auxiliar de oficina técnica141.8521.079

* Técnicos de organización
Jefe de organización de 1ª167.4811.292
Jefe de organización de 2ª165.6891.277
Técnico de organización de 1ª156.3441.200
Técnico de organización de 2ª147.3111.125
Auxiliar de organización141.8521.079

* Técnicos de laboratorio
Jefe de laboratorio175.2581.356
Analista de 1ª155.3421.191
Analista de 2ª148.7281.136
Auxiliar de laboratorio141.8521.079

ANEXO IV

Pluses de toxicidad, penosidad y peligrosidad

(importe hora de trabajo)

CategoríasConcurrencia de supuestos

UnoDosTres

Personal obrero
Profesional de oficio de 1ª152190228
Profesional de oficio de 2ª149186223
Profesional de oficio de 3ª145181218
Mozo de almacén144180216
Especialista144180216
Peón141177212

ANEXO V

Plus de jefe de equipo (importe mensual)

Categorías

Personal obrero
Profesional de oficio de 1ª22.478
Profesional de oficio de 2ª21.996
Profesional de oficio de 3ª21.421

ANEXO VI

Plus nocturno (importe hora)

Categorías

Personal obrero
Profesional de oficio de 1ª190
Profesional de oficio de 2ª186
Profesional de oficio de 3ª181
Mozo de almacén180
Especialista180
Peón177

Personal administrativo
Oficial de 1ª202
Oficial de 2ª192

Categorías

Auxiliar181
Viajante202

Personal subalterno
Listero182
Almacenero181
Chófer camión y grúas autom.188
Conductor máquinas automo.188
Telefonista176

Personal tecnico

* Titulados
Técnicos industriales212

Otros técnicos

* Técnicos de oficina
Delineante proyectista219
Delineante de 1ª203
Delineante de 2ª190
Auxiliar de oficina técnica183

* Técnicos de organización
Técnico de organización de 1ª203
Técnico de organización de 2ª190
Auxiliar de organización183

* Técnicos de laboratorio
Analista de 1ª202
Analista de 2ª192
Auxiliar de laboratorio183

ANEXO VII

Cortes de tensión

Ejemplos:

a) En la obra en la que se trabajen 3 horas, habiendo 2 horas de viaje, se abonarán 7 horas extras de sábado o domingo.

b) En la obra en la que se trabajen 4 horas, habiendo 1 hora de viaje, se abonarán 6 horas extras de sábado o domingo.

c) En la obra en la que se trabajen 3 horas, habiendo 1 hora de viaje, se abonarán 6 horas extras de sábado o domingo.

d) En la obra en la que se trabajen 5 horas, habiendo 2 horas de viaje, se abonarán 7 horas extras de sábado o domingo.

Tablas 2001

Otros conceptos

Plus de trabajo en reparación de buques141 pesetas

Plus de productividad:-Producción mínima6.735 pesetas-Producción máxima11.877 pesetas-Atrasos pactados (6 meses)1.056 pesetas

Horas extraordinarias:

Categorías profesionalesTipo de hora extra

Extra 1ªExtra 2ª

Peón-especialista1.6451.982
Oficial 3ª-calcador-auxiliar adtvo.1.6532.000
Oficial 2ª-delineante 2ª-adtvo. 2ª1.6872.112
Oficial 1ª-capataz-delineante 1ª-adtvo.1ª1.7192.203
Encargado-jefe equipo-contramaestre1.8122.313
Maestro taller-delineante proyectista1.9532.407

Horas de viaje:

Hora de viaje en día laborable697

Hora de viaje en resto días1.358

Dietas:

Dieta completa Comunidad Autónoma (+25 km/=125 km)3.936 pesetas

Dieta completa Comunidad Autónoma (+125 km)

4.751 pesetas

Media dieta1.553 pesetas

Dietas fuera Comunidad Autónoma5.279 pesetas

Fondo mensual del comité de empresa: incremento 2,5%