Visto el texto de la revisión salarial para el año 2001 del convenio colectivo de la empresa Isolux Wat, S.A. (código convenio nº 1503731) que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 30-1-2001 suscrito en representación de la parte económica por la empresa y de la parte social por el comité de empresa el día 16-1-2001, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración el Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 6 de febrero de 2001.
María Silva Costoya
Delegada provincial de A Coruña
En la ciudad de A Coruña, a las 12 horas del día 16 de enero de 2001, en el domicilio social de la empresa Isolux Wat, S.A., sito en la avda. de Finisterre nº 309-311, se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo de Isolux Wat, S.A., para la provincia de A Coruña, interviniendo por la parte empresarial Luis Prieto Moralejo, y Lino H. Fojo Arias y por la representación de los trabajadores Enrique Veira Pino y José A. Cortizo López, realiza las funciones de secretario José A. Cortizo López.
Iniciada la sesión y para dar cumplimiento a los artículos 35, 36, 39, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 51 del vigente convenio colectivo, se modifican las tablas salariales del anexo II, III, IV, V, VI. Se procede al cálculo de la revisión salarial ya la elaboración de las nuevas tablas salariales de los anexo, dietas,
horas de viajes, horas extraordinarias, plus de productividad y plus de trabajo en reparación de buques. En virtud de la conformidad y aceptación de ambas partes se adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos:
Primero.-Manifestar la conformidad al documento anexo que contiene la revisión salarial y las tablas salariales de los anexos para el año 2001 que se aprueban y que firman los comparecientes.
Segundo.-En virtud del reconocimiento de la mutua capacidad y legitimidad, ambas parte acuerdan remitir lo actuado y las tablas salariales a la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de A Coruña, a fin de solicitar que se proceda a su registro y publicación.
Y siendo las 14 horas de la fecha anteriormente señalada, se levanta la presenta acta de la cual, yo como secretario doy fe.
ANEXO II
Niveles Tablas 2000 (revisadas) Tablas 2001
1 4.742.917 4.861.490 2 4.474.133 4.585.986 3 4.106.051 4.208.702 4 3.962.126 4.061.179 5 3.731.536 3.824.824 6 3.595.753 3.685.647 7 3.206.460 3.286.622 8 3.103.640 3.181.231 9 2.970.483 3.044.745 10 2.822.226 2.892.782 11 2.717.829 2.785.775 12 2.591.108 2.655.886 13 2.426.476 2.487.138 14 2.299.323 2.356.806 15 2.211.602 2.266.892 16 2.121.651 2.174.692 17 2.055.794 2.107.189 18 1.991.777 2.041.571 19 1.915.270 1.963.152
ANEXO III
Retribuciones mensuales (14 pagas/año)
base por año servicio
Categorías Salario
Compl. personal/mes
Personal obrero Profesional de oficio de 1ª 146.595 1.124 Profesional de oficio de 2ª 143.682 1.100 Profesional de oficio de 3ª 140.225 1.071 Mozo de almacén 139.505 1.065 Especialista 139.505 1.065 Peón 137.037 1.044
Personal administrativo Jefe de 1ª 173.042 1.338 Jefe de 2ª 169.866 1.312 Oficial de 1ª 155.342 1.191 Oficial de 2ª 148.728 1.136 Auxiliar 140.476 1.068 Viajante 155.342 1.191
Personal subalterno Listero 141.308 1.075 Almacenero 140.476 1.068 Chófer camión y grúas autom. 145.578 1.110 Conductor máquinas automo. 145.578 1.110
base por año servicio
Categorías Salario
Compl. personal/mes
Telefonista 136.749 1.037
Personal técnico
* Titulados Titulado superior 198.196 1.546 Titulado grado medio 190.801 1.485 Técnicos industriales 162.957 1.254
Otros técnicos
* Técnicos de taller Jefe de taller 173.042 1.338 Maestro de taller 161.157 1.239 Contramaestre 157.693 1.211 Encargado 148.728 1.136
* Técnicos de oficina Delineante proyectista 167.481 1.292 Delineante de 1ª 156.344 1.200 Delineante de 2ª 147.311 1.125 Auxiliar de oficina técnica 141.852 1.079
* Técnicos de organización Jefe de organización de 1ª 167.481 1.292 Jefe de organización de 2ª 165.689 1.277 Técnico de organización de 1ª 156.344 1.200 Técnico de organización de 2ª 147.311 1.125 Auxiliar de organización 141.852 1.079
* Técnicos de laboratorio Jefe de laboratorio 175.258 1.356 Analista de 1ª 155.342 1.191 Analista de 2ª 148.728 1.136 Auxiliar de laboratorio 141.852 1.079
ANEXO IV
Pluses de toxicidad, penosidad y peligrosidad
(importe hora de trabajo)
Categorías Concurrencia de supuestos
Uno Dos Tres
Personal obrero Profesional de oficio de 1ª 152 190 228 Profesional de oficio de 2ª 149 186 223 Profesional de oficio de 3ª 145 181 218 Mozo de almacén 144 180 216 Especialista 144 180 216 Peón 141 177 212
ANEXO V
Plus de jefe de equipo (importe mensual)
Categorías
Personal obrero Profesional de oficio de 1ª 22.478 Profesional de oficio de 2ª 21.996 Profesional de oficio de 3ª 21.421
ANEXO VI
Plus nocturno (importe hora)
Categorías
Personal obrero Profesional de oficio de 1ª 190 Profesional de oficio de 2ª 186 Profesional de oficio de 3ª 181 Mozo de almacén 180 Especialista 180 Peón 177
Personal administrativo Oficial de 1ª 202 Oficial de 2ª 192
Categorías
Auxiliar 181 Viajante 202
Personal subalterno Listero 182 Almacenero 181 Chófer camión y grúas autom. 188 Conductor máquinas automo. 188 Telefonista 176
Personal tecnico
* Titulados Técnicos industriales 212
Otros técnicos
* Técnicos de oficina Delineante proyectista 219 Delineante de 1ª 203 Delineante de 2ª 190 Auxiliar de oficina técnica 183
* Técnicos de organización Técnico de organización de 1ª 203 Técnico de organización de 2ª 190 Auxiliar de organización 183
* Técnicos de laboratorio Analista de 1ª 202 Analista de 2ª 192 Auxiliar de laboratorio 183
ANEXO VII
Cortes de tensión
Ejemplos:
a) En la obra en la que se trabajen 3 horas, habiendo 2 horas de viaje, se abonarán 7 horas extras de sábado o domingo.
b) En la obra en la que se trabajen 4 horas, habiendo 1 hora de viaje, se abonarán 6 horas extras de sábado o domingo.
c) En la obra en la que se trabajen 3 horas, habiendo 1 hora de viaje, se abonarán 6 horas extras de sábado o domingo.
d) En la obra en la que se trabajen 5 horas, habiendo 2 horas de viaje, se abonarán 7 horas extras de sábado o domingo.
Tablas 2001
Otros conceptos
Plus de trabajo en reparación de buques141 pesetas
Plus de productividad:-Producción mínima6.735 pesetas-Producción máxima11.877 pesetas-Atrasos pactados (6 meses)1.056 pesetas
Horas extraordinarias:
Categorías profesionales Tipo de hora extra
Extra 1ª Extra 2ª
Peón-especialista 1.645 1.982 Oficial 3ª-calcador-auxiliar adtvo. 1.653 2.000 Oficial 2ª-delineante 2ª-adtvo. 2ª 1.687 2.112 Oficial 1ª-capataz-delineante 1ª-adtvo.1ª 1.719 2.203 Encargado-jefe equipo-contramaestre 1.812 2.313 Maestro taller-delineante proyectista 1.953 2.407
Horas de viaje:
Hora de viaje en día laborable697
Hora de viaje en resto días1.358
Dietas:
Dieta completa Comunidad Autónoma (+25 km/=125 km)3.936 pesetas
Dieta completa Comunidad Autónoma (+125 km)
4.751 pesetas
Media dieta1.553 pesetas
Dietas fuera Comunidad Autónoma5.279 pesetas
Fondo mensual del comité de empresa: incremento 2,5%