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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 20 de marzo de 2001 Pág. 3.561

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 6 de febrero de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la incoación del expediente sancionador OU 93/00C por infracción de la Ley de caza.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en los anexos se mencionan la incoación de expediente sancionador por presuntas infracciones de la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia (DOG nº 33, del 11 de julio).

Se nombra instructora del expediente a Miriam Areal López, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo, nº 18, 5º, formular alegaciones, presentar los documentos que consideren convenientes en su defensa, y proponer prueba concretando los medios de que pretenden valerse.

De no efectuarse alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 6 de febrero de 2001.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU 98/00C.

Denunciado: José Rodríguez Calvo.

DNI: 33.274.652.

Última dirección conocida: Niveiro. Val do Dubra. A Coruña.

Hecho denunciado: participar en un gancho portando dos cartuchos del nº 4, empleados para la caza menor.

Precepto infringido y sancionador: artículo 57.23º de la Ley de caza de Galicia.

Sanción: 10.000 pesetas.