De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, para que el expedientado pueda tener conocimiento del contenido de la misma, la propuesta de resolución del expediente sancionador nº 91/2000 Min, por infracciones en materia sanitaria, iniciado en la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Pontevedra.
Asimismo se le hace saber el derecho que le asiste para presentar alegaciones ante esta delegación provincial en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
La presente cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Pontevedra, 29 de enero de 2001.
Mª Dolores Pan Vázquez
Delegada provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: Nº 91/2000 Min.
Denunciado: Autoservicio García, propiedad de Josefa Peón Míguez.
Último domicilio conocido: c/ Héroes, nº 10, Pontevedra.
Hecho denunciado: infracciones en materia sanitaria y de protección de la salud.
Precepto infringido:
-Real decreto 381/1984, de 25 de enero, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria del comercio minorista de alimentación.
-Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.
Precepto sancionador:
-Ley 14/1986 general de sanidad.
-Decreto 157/1985, de 11 de julio, de la Xunta de Galicia.
Sanción impuesta: 50.000 pesetas.