ciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el subdirector general de Inspección de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste de interponer recurso de alzada ante el director general de Transportes dentro del plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 del Banco Bilbao Vizcaya, Argentaria, S.A., sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 23 de enero de 2001.
Carlos González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
OU-3985-N
G.C. Tráfico Rampa de Sas, 2, 322 Ourense
27-3-2000; 10.45; N-120; 573,500
LU-5098-K
G.C. Tráfico Outeiro, s/n, 320 Ourense
19-3-2000; 11.35; N-540; 27
OR-0355-J
G.C. Tráfico Avenida Sargento Seoane, s/n,
32632 Baltar (Ourense)
21-3-2000; 19.15; OR-P0000; 0,800
OR-4169-G
G.C. Tráfico Bouza Macendo, s/n,
32232 Castrelo de Miño (Ourense)
13-4-2000; 13.15; C-536; 8,200
OR-1177-H
G.C. Tráfico Avda. Santiago, 115, s/n, 321 Ourense
13-4-2000; 10.20; C-536; 6
OR-8844-J
G.C. Tráfico Ervedelo, 101-3º, 322 Ourense
26-4-2000; 13.10; N-540; 2
M-2076-N
G.C. Tráfico Rosalía de Castro, 30-B, 36600
Vilagarcía de Arousa (Pontevedra)
27-4-2000; 13.20; A-52; 203
OU-01062-O-2000
Pulidos Orense, S.C.
Realizar transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización administrativa. No porta ningún distintivo de operatividad. Transporta barniz y diverso material de construcción.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas OU-01071-O-2000
Manuel Rodríguez Nieto
Realizar transporte privado complementario de mercancías, transportando 3.000 litros de leche en cisterna, no acreditando el conductor su relación laboral con la empresa.
Artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01117-O-2000
Marcelino Rodríguez García
Transportar áridos no habiendo realizado la revisión periódica obligatoria del tacógrafo. Fecha última inspección 18-7-1997. Tacógrafo modelo 13182709, nº fabricación 0125329, nº control 131.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OR-01254-O-2000
Luis Martínez Rodríguez
Transportar material de construcción y escombros en servicio privado complementario de mercancías, careciendo de tarjeta.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01256-O-2000
Manuel Pereira Domínguez y Otros S. Civil
Transportar máquinas relativas a la construcción, realizando un transporte privado complementario, careciendo de la autorización para realizar el mencionado transporte.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01260-O-2000
Manuel Merino Beiro
Realizar transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización administrativa. Porta distintivos de operatividad de servicio privado. Transporta diverso material para tiendas todo a cien (cabos de plástico, etc.).
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE 30), artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 100.000 pesetas OU-01267-O-2000
Elaborados Finisterre, S.L.
Transportar carga útil (pescado), careciendo de la tarjeta de visado de transportes en vigor. Presenta tarjeta nº 10074983-0 de fecha 31-8-1997. Carece de distintivos.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 25.000 pesetas
M-8898-OJ
G.C. Tráfico P.G.V.A.D.G. Tres, 18,
28970 Griñón (Madrid)
2-5-2000; 17.35; A-52; 202
OU-01276-O-2000
Armybans, S.L.
Circular transportando ruedas, careciendo de autorización de transportes.
Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-7549-BK
G.C. Tráfico Cofrivigo
Areal, 58, 36201 Vigo (Pontevedra)
29-1-2000; 15.25; A-52; 113
O-3556-BJ
G.C. Tráfico Campoamor, 28, 331 Oviedo (Asturias)
11-2-2000; 11.40; A-52; 133
PO-8728-BK
G.C. Tráfico Belesar Media Aldea, 80,
36300 Baiona (Pontevedra)
7-4-2000; 11.35; A-52; 240
M-4418-WW
G.C. Tráfico Ctra. N-525, km 31, 49332 Camarzana de Tera (Zamora)
8-4-2000; 7.40; N-120, 582
VA-1125-E
G.C. Tráfico Plz. Poniente, 5, 473 Valladolid
11-5-2000; 17.30; A-52; 217
OU-3743-V
G.C. Tráfico Avda. de Marín, 6, 321, Ourense
6-4-2000; 9.55; A-52; 189
PO-6517-AW
G.C. Tráfico Plaza del Ayuntamiento, 16,
36968 Meaño (Pontevedra)
18-4-2000; 17.50; A-52; 181
GU-7396-G
G.C. Tráfico Ctra. de Galápagos, s/n,
19174 Torrejón del Rey (Guadalajara)
23-5-2000; 12.50; A-52; 160
CA-0572-BD
G.C. Tráfico Ctra. de Rota, km 1,
11550 Chipiona (Cádiz)
16-5-2000; 19.40; N-525; 249
VI-3268-J
G.C. Tráfico Echeandía, 15, 503 Zaragoza
30-5-2000; 10.35; OR-311; 7
GE-7576-AJ
G.C. Tráfico Ctra. Alcobendas a Barajas, km 5,800,
280 Madrid
24-5-2000; 21.15; A-52; 202
OU-01397-O-2000
Sociedad Cooperativa Limitada
Manipulación del tacógrafo marca Kienzle GMBH-D, modelo 1318.26, nº de serie 2888251, nº homolo. 1369954, revisado en fecha 5-4-1999, consistente en corte de alimentación de la corriente eléctrica del tacógrafo. Infracción observada a las 15.22 horas del 29-1-2000, cuando circulaba marcando descanso. Circula cargado de fruta.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 230.000 pesetas OU-01449-O-2000
Minero Constructora Jomasa, S.L.
Circular con el vehículo reseñado utilizando un disco homologado al aparato tacógrafo debe utilizar EI-57 utiliza el que se remite de fecha 11-2-2000 marca Kienzle TYP 1318-27-09 nº 0069693 John K-86. Circula vacío reloj 1º hora. Manifiesta el conductor no ser el conductor habitual, desconociendo lo del disco homologado.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01454-O-2000
Ttes. Romay, Suárez e Lechuga, S.L.
No presentar el conductor los discos diagrama de la semana en curso y el correspondiente al último día que ha conducido en la anterior semana.
Artículo 15 del R (CE) 3821/1985 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 100.000 pesetas OU-01466-O-2000
Concetrans Trescientos Sesenta y Cinco, S.L.
No ofrecer garantía de correcto funcionamiento la instalación de dispositivo limitador de velocidad, o llevar una placa de instalación del tacógrafo donde consta W (K) 5150 impulsos/km (fecha 12-7-1999). Taller autorizado EI 016. Y placa de instalación de limitador con W (K) 5160 imp/km, lo que supone una diferencia del 8,9% placa limitador 4-11-1996.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 100.000 pesetas OU-01511-O-2000
Construcc. Francisco Javier Sanz, S.L.
Realizar un servicio privado complementario de mercancías, no acreditando su conductor relación laboral con la empresa. No presenta TC-2 o documento alguno que así lo acredite.
Artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01522-O-2000
Organización Feiral Galega, S.L.
Circular transportando tubos de hierro no llevando a bordo del vehículo el certificado de contratación laboral y de afiliación a la Seguridade Social.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01545-O-2000
Armarios Percha, S.L.
Transportar madera, sin llevar a bordo del vehículo certificado de contratación laboral.
Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01605-O-2000
Logicgranit, S.L.
Transportar 30.000 kg de piedra Bloque de granito, careciendo de tarjeta de transportes. Tarjeta caducada el 31-1-1998.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01776-O-2000
Leogar Flor, S.L.
Efectuar un transporte privado complementario (flores), no acreditando el conductor del vehículo ser asalariado o perteneciente a dicha empresa. Manifiesta que lleva una semana trabajando en esta empresa.
Artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01792-O-2000
César Batista dos Santos
Transportar patatas, careciendo de la tarjeta de transportes del año en curso. Ostenta distintivos de radio de acción nacional servicio privado complementario.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE 30), artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-01824-O-2000
Gloria Cars, S.L.
Efectuar un transporte (un turismo) llevando una masa total en carga de 2,433 kg, estando autorizado para 1,600 kg de M.M.A. Exceso: 833 kg (52%). Infracción puesta sobre los datos del remolque. El vehículo que transporta tiene una tara de 1.953, siendo su matrícula M-5306-EN.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 125.000 pesetas
OR-9565-J
G.C. Tráfico Plaza Paz Novoa, 2-2º,
323 Ourense
15-6-2000; 9.45; C-531; 20
OU-02023-O-2000
Transportes Internos y Maquinaria, S.L.
Circular con un transporte de una maquinaria en servicio privado complementario, no acreditando estar en posesión de la correspondiente tarjeta de transportes.
Artículo 199b) del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 5.000 pesetas
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
M-5696-LD
G.C. Tráfico Angelillo, 17, 2838 Madrid
9-9-1999; 8.40; N-540; 29
SS-8409-AY
G.C. Tráfico Alaberga, 55, 20100
Rentería (Guipúzcoa)
15-10-1999; 8.30; A-52; 262
OU-03294-O-1999
Miguel Ángel Valle Enríquez
Circular transportando 60 bolsas de spray y esfera de vidrio, careciendo de la correspondente tarjeta de transportes. Carece de todos los distintivos.
Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas OU-03498-O-1999
Aitzol Imanol, S.L.
Circular transportando carga útil (pescado), careciendo del certificado de autorización especial para el transporte de mercancías perecederas. Presenta acta para la emisión de dicho certificado de fecha 29-12-1998.
Artículo 7 del Real decreto 2312/1985, de 24 de septiembre, normas de homologación, ensayo e inspección de vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE nº 298, del 13 de diciembre) Artículo 143 de la Ley 16/1987, artículo 201 del R.D. 1211/1990 50.000 pesetas