El artículo 41 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, texto reformado por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, establece que el presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, el Consello de la Xunta de Galicia acordó con fecha 5 de marzo de 1998, facultar al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda para la designación y separación del presidente de la Autoridad Portuaria de Ferrol.
En consecuencia,
DISPONGO:
Artículo único.-Cesar a Guillermo Romero Caramelo, como presidente de la Autoridad Portuaria de Ferrol, agradeciéndole los servicios prestados.
Santiago de Compostela, 14 de febrero de 2001.
José Cuíña Crespo
Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas
y Vivienda