Visto el texto del acta firmada el día 20 de septiembre de 2000, por la comisión negociadora del convenio colectivo de grupo de espectáculos y deportes de la provincia de A Coruña (código de convenio nº 1500715), integrada en representación de la parte económica por el Real Club Náutico de A Coruña, La Solana, Club de Tenis de A Coruña y Club de Golf de A Coruña y de la parte social por CIG, UGT y CC.OO., por la que se acuerda la corrección de errores en el artículo 8 del texto del convenio colectivo publicado en el DOG nº 179, del 14 de septiembre de 2000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración el Estado a la Comunidad Autónoma
de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 20 de diciembre de 2000.
José Antonio Álvarez Vidal
Delegado provincial de A Coruña
Acta de corrección de errores del convenio colectivo del grupo espectáculos y deportes de A Coruña para el año 2000
En A Coruña, siendo las 11 horas del día 20 de septiembre, se reúnen en los locales de la Confederación Intersindical Gallega (CIG) las personas a continuación indicadas, representantes de la parte empresarial y social de la comisión negociadora del convenio colectivo provincial de espectáculos y deportes de la provincia de A Coruña.
Por representación empresarial:
Gerardo Villarino Gómez
Manuel Castellano Expósito
Fernando Rodríguez Rodríguez
José M. Pérez-Lago de Lanzas
Por representación social:
Ángel Ucha Arcay (CIG)
Soledad Gómez Eiroa (CIG)
Antonio Vilar Otero (CIG)
Xosé Lois Martín Freire (CIG) (asesor)
Ángeles Míguez (UGT)
María Ángeles Rego Piñeiro (UGT)
Juan Trigo Espiñeira (UGT) (asesor)
Ricardo López Mejuto (CC.OO.)
Jaime López Gutiérrez (CC.OO.)
Miguel A. Riveira Orgueira (CC.OO.) (asesor)
La reunión tiene como objeto la correcció de errores que aparece en el artículo 8º, referente a la antigüedad del texto del convenio colectivo remitido para su publicación y registro a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, que queda como sigue:
Donde dice: «a los 3 años, 10%», debe decir: «a los 3 años, 8%».
La comisión negociadora de dicho convenio faculta a Xosé Lois Martín Freire para la tramitación de dicha acta de corrección de errores ante la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, a los efectos de su publicación y registro.
Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión en el mismo lugar y fecha.