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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 15 de enero de 2001 Pág. 614

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicas las listas para la cobertura, con carácter temporal, mediante el nombramiento de personal interino, de puestos de trabajo reservados a funcionarios, reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril, y correspondientes al cuerpo auxiliar de la Xunta de Galicia (grupo D), lista B.

Finalizado el plazo fijado por la Resolución de 7 de julio de 2000, de la Dirección General de la Función Pública (DOG nº 138, del 17 de julio), de presentación de solicitudes para la elaboración de las listas reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril; elaboradas las citadas listas por la comisión permanente de selección para puestos reservados a funcionarios y relativas al cuerpo auxiliar de la Xunta de Galicia (grupo D), lista B.

Efectuada propuesta por la citada comisión en la correspondiente sesión, una vez elevada ésta, y de conformidad con lo establecido en la base 6.2º de la citada resolución, esta dirección general

RESUELVE:

Primero.-Hacer públicas las relaciones de solicitantes para la cobertura, con carácter temporal mediante el nombramiento de personal interino, de puestos de trabajo reservados a funcionarios del cuerpo auxiliar de la Xunta de Galicia (grupo D), lista B de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3º del Decreto 89/1997, de 10 de abril, y en la base 2ª de la Resolución de 7 de julio de 2000, la comisión permanente establece el número máximo de aspirantes admitidos para este cuerpo en aquéllos que tengan una puntuación igual o superior a 2 puntos. Dichas listas están expuestas de la forma que seguidamente se indica:

Anexo I: figuran los solicitantes incluidos en las listas.

Anexo II: figuran los solicitantes excluidos con expresión de la causa de exclusión.

Anexo III: figuran los solicitantes que, en aplicación de lo previsto en el artículo 4.3º del Decreto 89/1997, de 10 de abril, y en la base 2ª de la Resolución de 7 de julio de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, no están admitidos.

Segundo.-Los citados anexos se encontrarán expuestos en los tablones de anuncios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública y en los de sus delegaciones provinciales, en el de la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura en Vigo y en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia.

A efectos de información, el teléfono de contacto es el 902 12 00 12 en horarios 9 a 19 horas, de lunes a viernes, y de 9 a 14 horas los sábados.

Tercero.-Los interesados dispondrán de un plazo de 10 días para la corrección de errores y, en su caso, formular las oportunas alegaciones, que se dirigirán a la Comisión Permanente de Selección de Personal para la cobertura de puestos de trabajo reservados a funcionarios (Dirección General de la Función Pública, Consellería de la Presidencia y Administración Pública, edificios administrativos San Caetano, s/n, Santiago de Compostela).

Una vez transcurrido el plazo citado con anterioridad, en su caso, se llevarán a efecto las enmiendas y comprobaciones procedentes, de lo que se dará oportuna publicidad.

Cuarto.-Los solicitantes que figuran admitidos en el anexo I (lista B), estarán obligados, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de los listados provisionales, a remitir a la Dirección General de la Función Pública el justificante de pago de la tasa que a continuación se expresa:

Grupo D: 4.700 pesetas.

Los que no lo hiciesen en el plazo señalado serán excluidos automáticamente de las listas.

Estarán exentos del pago de las tasas por derecho de inscripción en el cuerpo correspondiente los que fueron admitidos en el último proceso selectivo para el ingreso al mismo cuerpo, de acuerdo con la base 3ª de la resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de julio de 2000.

Asimismo, disfrutarán de la exención de esta tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, previa justificación documental.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2000.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública