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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Martes, 09 de enero de 2001 Pág. 342

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 358/1999).

Vista la solicitud para autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública, con la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideran de necesaria expropiación, así como la aprobación del proyecto de ejecución que se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: modificado 1. L.M.T., C.T., R.B.T., Carboedo (Carral).

Línea eléctrica aérea de media tensión a 20 kV, sobre apoyos de hormigón y metálicos con conductor LA-56, de 1.266 m de longitud, con origen en el apoyo nº 13 entronque del C.T. Curtis y final en el C.T. Carboedo, a instalar. Centro de transformación, tipo intemperie, de 50 kVA y tensiones de 20/0,380-0,220 kV del que parte red de baja tensión sobre apoyos de hormigón y conductor R.Z. de 40 m de longitud que enlaza con la red existente, en el término municipal de Carral.

La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 8 de febrero, en el BOP del 20 de enero, en el periódico La Voz de Galicia del 13 de enero de 2000 y en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Carral, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

Esta delegación provincial comprobó que la línea, a su paso por las fincas relacionadas en la información pública, no incurre en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 57.A de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE del 28 de noviembre) y en el artículo 25 del Decre

to 2619/1966, de 20 de octubre (BOE del 24 de octubre).

Asimismo se comprobó que las alegaciones efectuadas por los interesados en cuanto a la modificación del trazado de la línea eléctrica no pueden ser tenidas en cuenta por no darse las condiciones previstas en el artículo 57.B de dicha ley y artículo 26 del mencionado decreto.

Vista la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, los decretos 2617 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas, y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar, en concreto, la utilidad pública de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

A Coruña, 30 de noviembre de 2000.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña