El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día treinta y uno de octubre de dos mil adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Aprobar con carácter inicial un documento de modificación puntual del PGOU vigente, que tiene por objeto:
a) Ampliar el suelo clasificado como SUNP-Área 8 hasta su límite con la autovía A-6 en el lindero sur y la carretera CP-3109 en su lindero este, calificando de uso global industrial, dentro de esta área, un ámbito sustancialmente triangular definido por la
carretera de Orro al norte, autovía A-6 al sur y carretera CP-3109 al este, según planos incorporados al documento.
b) Modificar el párrafo segundo del punto 12.3.2 de la normativa del PGOU, estableciendo en su lugar el siguiente:
En las áreas de uso global industrial, la unidad mínima de actuación se fija en 100.000 m. Los ámbitos que se delimiten a través de los planes parciales no podrán dejar zonas de suelo urbanizable marginado con superficie inferior a la establecida como unidad mínima.
El documento inicialmente aprobado se somete a información pública por el plazo de un mes a contar desde la última publicación de este anuncio (DOG o diario) durante el que podrá examinarse en las oficinas municipales (área de urbanismo) y formularse las alegaciones que se consideren convenientes.
Culleredo, 7 de noviembre de 2000.
Julio Sacristán de Diego
Alcalde