Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Lunes, 13 de noviembre de 2000 Pág. 15.198

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de notificación de la providencia de incoación del expediente sancionador I-156/2000 y nueve más (incendios-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), se notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, he resuelto dictar providencia de incoación de expediente sancionador I-156/2000 y nueve más, por infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y a su reglamento aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre.

Que, asimismo, designo instructora del expediente a Mª Pilar Pita Ponte y secretario a Santiago Camarero Merino, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente, de darse alguno de los supuestos que determina el artículo 28 de la mencionada ley.

Lo que se notifica a los efectos previstos en el artículo 29 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El interesado dispondrá de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para poder examinar el expediente

en este Servicio Técnico Jurídico, sito en Benito Corbal, 47, 5ª planta (Pontevedra), y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas considere convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

Para resolver este expediente es competente, por razón de la cuantía de la multa, el delegado o director general, de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.

El pago voluntario podrá poner fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en este servicio, sito en Benito Corbal, 47 (Pontevedra).

Lo que se comunica de acuerdo con la normativa antes citada y lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto).

Pontevedra, 3 de octubre de 2000.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPreceptoSanción
InfringidoSancionador

I-156/2000J. Antonio Muñoz Jiménez

San Mateo, 4 baixo

15005 A Coruña

Abandono de un vehículo en masa forestalArt. 137 e) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

50.000

I-159/2000Fco. Javier Cajiao Barroso

Porteliña, 32-San Salvador

36163 Poio

Abandono de un vehículo en masa forestalArt. 137 e) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

50.000

I-172/2000Isabel Domínguez Vidal

Nantes de Reis, 8-Lores

36968 Meaño

Escape de quema autorizada pero sin medidas de seguridad.Art. 138 c) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

25.000

I-174/2000David Álvarez Rey

Augusto González Besada, 17-5º D

36700 Tui

Abandonar una quema sin que esté totalmente apagada.Art. 138 c) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

50.000

I-181/2000Antonio Álvarez Suárez

Avda. Castelao, 85-13 D

36209 Vigo

Escape de quema autorizada pero sin medidas de seguridad.Art. 138 c) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

50.000

I-186/2000Héctor Lorenzo de la Fuente

Lebozán, 39

36519 Lalín

Abandono de un vehículo en masa forestalArt. 137 e) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

50.000

I-194/2000Manuel González Gayoso

Berducido, 78

36660 Moraña

Abandono de un vehículo en masa forestalArt. 137 e) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

50.000

I-228/2000J. César Rodríguez Vilanova

Avda. Santa Mariña, 121, bajo

Cabral-Vigo

Hacer una hoguera en época de máximo peligro y sin medidas de seguridad.Art. 138 a) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

25.000

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPreceptoSanción
InfringidoSancionador

I-240/2000Fermín Couñago Alonso

Valle Inclán

Ourense

Quema en época de máximo peligro.Art. 138 a) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

25.000

I-264/2000Faustino Rodríguez Reboredo

Bonhome, 54-6º B

32005 Ourense

Abandono de un vehículo en masa forestalArt. 137 e) del

Reglamento de la

LIF

Art. 139 del

Reglamento de la

LIF

50.000