Por orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 10 de marzo de 2000, se convocaron ayudas para alumnos y profesores de centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos, que participen en estancias e intercambios con centros educativos de otros países para favorecer el aprendizaje activo de lenguas y para realizar estancias en empresas.
Vista la propuesta de la comisión de selección prevista en el artículo séptimo de la citada orden,
RESUELVO:
Primero.-Conceder con cargo al concepto presupuestario 07.04.322T.480.0 de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, las ayudas que se relacionan en el anexo I, que se presentaron en el cuarto plazo establecido (del 2 de junio al 15 de septiembre de 2000, apartado quinto.1 del DOG del 20 de marzo) por valor de 4.510.000 pesetas.
Segundo.-Indicar en el anexo II las renuncias.
Tercero.-De acuerdo con el artículo noveno de la orden de convocatoria, las ayudas serán abonadas de la siguiente forma:
Para las ayudas que no superen el importe de 1.000.000 de pesetas, en el momento de la concesión podrá acordarse un anticipo de pago de hasta un 80%, después de la aceptación de la subvención. El 20% restante se librará una vez finalizada la actividad e después de su completa justificación económica por parte del centro y entrega de la memoria de actividades, adjuntando certificación respecto de la percepción o no de otras ayudas y subvenciones para la misma finalidad, a efectos de lo dispuesto en el artículo 78.3º de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de régimen financiero y presupuestario de Galicia. En las ayudas que superen esta cantidad, el pago se realizará íntegramente una vez finalizada y justificada la actividad.
Cuarto.-De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios quedarán obligados a:
1. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días, contados a partir de la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la ayuda, el centro beneficiario no acepta la misma, se entenderá que renuncia a su percepción.
2. Facilitar la información requerida y someterse a las acciones de comprobación o control financiero que pueda efectuar la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y los organismos competentes.
3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:
3.1. Memoria.
Los centros beneficiarios enviarán una memoria de las actividades realizadas, que incluye:
a) Resumen del desarrollo de la actividad realizada.
b) Objetivos conseguidos.
c) Procedimiento de evaluación utilizado, resultados obtenidos y difusión que se realizó de los mismos.
La memoria estará acompañada de un certificado del director del centro en el que se haga constar el nombre y número de DNI del profesor responsable del proyecto y de los profesores que lo acompañaron en el viaje. Igualmente se añadirá una certificación de tener o no tener subvención para la misma finalidad procedente de cualquier otra Administración o ente público.
3.2. Justificación de gastos efectuados.
Los centros educativos enviarán una certificación del Consejo Escolar del centro aprobatoria do gasto, adjuntando una relación detallada de los gastos efectuados.
Quinto.-Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante el conselleiro de Educación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, según lo dispuesto en la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Disposiciones finales
Primera.-Se autoriza a la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo correcto de esta orden.
Segunda.-La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOG.
Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2000.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO I
Centros seleccionados
Tipo de acción Centro escolar Localidad Ayuda concedida País de destino
Visita preparatoria IES Xelmírez 1 Santiago de Compostela 126.000 Italia
Estancia formativa de profesor IES de San Xillao Lugo 115.000 Francia
Visita preparatoria IES de Teis Vigo 126.000 Bélgica
Prácticas alumnos IES Isidro Parga Pondal Carballo 990.000 Irlanda
Visita de estudios CEIP Coirón Dena 126.000 Italia
Visita de estudios CEIP Esteiro Ferrol 126.000 Italia
Visita preparatoria Colegio S. Francisco Javier Santiago de Compostela 126.000 Alemania
Visita preparatoria IES de Vilamarín Ourense 126.000 Inglaterra
Visita de estudio CEIP Raíña Fabiola Santiago de Compostela 126.000 Austria
Visita preparatoria IES Rosalía Castro Santiago de Compostela 126.000 Alemania
Visita preparatoria CEIP Bretoña Bretoña 126.000 Italia
Visita preparatoria IES de Ames Ames 126.000 Alemania
Visita preparatoria IES nº 1 de Ordes Ordes 126.000 Francia
Intercambio IES Luís Seoane Pontevedra 1.905.000 Alemania
Visita de estudios CEIP Isaac Díaz Pardo A Coruña 40.000 Portugal
Visita preparatoria Colegio La Salle Ferrol 100.000 Francia
ANEXO II
Renuncias
Tipo de acción Centro escolar Localidad
Visita preparatoria IES Porta de Auga Ribadeo
Prácticas alumnos IES Porta de Auga Ribadeo