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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Lunes, 06 de noviembre de 2000 Pág. 14.950

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2000, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación del acuerdo de iniciación del expediente sancionador de epizootias OU-T-92/2000.

De conformidad con lo estipulado en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, he resuelto publicar el acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador por infracción de la Ley de 20 de diciembre de 1952, sobre epizootias (BOE del 23 de diciembre), y de su Reglamento de 4 de febrero de 1955, modificado, entre otros por el Real decreto 1665/1976, de 7 de mayo (BOE del 21 de junio), por el que se actualizan las sanciones, puesto que, intentada la notificación, ésta no pudo ser efectuada por el servicio de correos.

Se nombra instructor del procedimiento a Manuel Pérez González, funcionario de esta delegación provincial, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concure alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992 citada.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería. El interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la Delegación Provincial de esta consellería, sita en la calle Florentino López Cuevillas, nº 4-6, bajo, y para presentar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de prueba crea convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993 (BOE nº 189, del 9 de agosto), de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial, en la dirección indicada.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 27 de septiembre de 2000.

José Manuel Baltar Blanco

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-T-92/2000.

Interesado: Francisco Castro Conde.

DNI: 15.223.556.

Última dirección conocida: Barrio Lagunas, edif. Miño 1-3º izda., Ourense.

Hechos denunciados: transportar en el vehículo LU-5618-L ciento cincuenta (150) aves (patos, gallinas y pollos) desde el mercado de Verín con destino a Ourense, sin la documentación sanitaria necesaria para la circulación y transporte.

Preceptos infringidos: artículo 32 del Reglamento de epizootias.

Sanción: quince mil (15.000) pesetas.