De conformidad con lo establecido en el artículo 27.2º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la misma ley, esta consellería,
DISPONE:
Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, un puesto de trabajo vacante que se relaciona en el anexo I de esta orden.
Segundo.-Podrán concurrir a ellas todos los funcionarios que reúnan los requisitos que se exigen y se especifican en el anexo I.
Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el registro general de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (edificio administrativo de San Caetano, bloque 3, Santiago de Compostela) en las delegaciones provinciales o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. El modelo de solicitud se señala en el anexo II.
Cuarto.-Los aspirantes deberán unir a su solicitud un currículum vitae y justificar, mediante certificación o copia compulsada, los méritos que aleguen.
Quinto.-En el caso de resultar seleccionado algún funcionario con destino en otra Administración pública se le tramitará su traslado a esta Comunidad Autónoma y, una vez concedido por su Administración de origen, se procederá a adjudicarle el puesto para el que fue seleccionado. Si en el plazo de dos meses a partir de la publicación de la resolución en el DOG el funcionario seleccionado no pudiese incorporarse a su puesto de trabajo por no encontrarse resuelto su traslado a la Comunidad Autónoma de Galicia, se considerará desierto el puesto y se podrá proceder de nuevo a su provisión.
Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el DOG y se podrá declarar desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.
Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días, si el destino anterior está en la misma localidad que la del nuevo destino, y de un mes si está en localidad distinta o lleva consigo el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse dentro de los tres días siguientes al de la publicación en el DOG, o desde la fecha en la que se comunique la resolución del traslado a la Comunidad Autónoma, para el caso de funcionarios de otras administraciones públicas.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.
Octavo.-Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Santiago de Compostela, 2 de octubre de 2000.
Jesús Pérez Varela
Conselleiro de Cultura, Comunicación
Social y Turismo
ANEXO I
Código del puesto: CUC991000015001001.
Denominación del puesto: secretario/a del delegado/a provincial.
Centro directivo: delegación provincial.
Localidad: A Coruña.
Tipo de puesto: N.
Formación específica: 001.
Cuerpo o escala: general.
Grupo: C/D.
Nivel: 16.
Complemento específico: 521.340.