En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación Galega de Autónomos (AGA), que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación todos los autónomos y profesionales independientes pertenecientes a los diferentes gremios y profesiones y que, interviniendo en los medios de producción y gestionando la creación y promoción del autoempleo, se encuentren dados de alta ante organismos públicos o privados.
Firman el acta de constitución: Pablo Padín Sánchez, y dos personas más.
Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2000.
P.D. (Orden 21-7-2000)
María José Cimadevila Cea
Secretaria general de la Consellería de Justicia,
Interior y Relaciones Laborales