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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Viernes, 29 de septiembre de 2000 Pág. 13.610

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 12 de septiembre de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante el nombramiento de personal interino, 2 puestos de trabajo del cuerpo superior de Administración de la Xunta de Galicia (grupo A), escala de sistemas y tecnología de la información, vacantes en los servicios dependientes de las consellerías de Pesca, Marisqueo y Acuicultura y Medio Ambiente.

Estando vacantes 2 puestos de trabajo del cuerpo superior de Administración de la Xunta de Galicia (grupo A), escala de sistemas y tecnología de la información, vacantes en los servicios dependientes de las consellerías de Pesca, Marisqueo y Acuicultura y Medio Ambiente y siendo urgente su cobertura por razón de las necesidades del servicio, apreciada por la comisión de personal de la Xunta de Galicia, en sesión celebrada el 20 de julio de 2000, una vez emitido el preceptivo informe previsto en el artículo 7.1º de la Ley 4/1988, do 26 de mayo, de la función pública de Galicia, esta consellería, en el uso de las facultades conferidas por el artículo 13 de dicha ley, dispone la cobertura de los puestos de trabajo, de acuerdo con las siguientes,

BASES:

Primera.-Objeto.

La finalidad de esta convocatoria de pruebas selectivas es la cobertura de 2 puestos de trabajo del cuerpo superior de Administración de la Xunta de Galicia (grupo A), escala de sistemas y tecnología de la información, vacantes en los servicios dependientes de las consellerías de Pesca, Marisqueo y Acuicultura y Medio Ambiente, mediante el nombramiento de personal interino previsto en el artículo 7 de la Ley 4/1988, de la función pública de Galicia, que cesarán en sus puestos cuando sus plazas sean cubiertas por funcionarios de carrera.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Haber cumplido los dieciocho años de edad.

c) No estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Estar en posesión del título, o acreditar fehacientemente ser:

-Licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

e) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Los requisitos señalados deberán poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera.-Pruebas.

La selección constará de las siguientes pruebas:

Primer ejercicio: contestar por escrito a un cuestionario de sesenta preguntas que será el resultante del sorteo entre dos cuestionarios elaborados previamente por el tribunal, sobre el temario descrito en el anexo I. Cada pregunta constará de cuatro respuestas posibles.

Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos y tendrá una duración máxima de 60 minutos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 15 puntos. Le corresponderá al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigidas para alcanzar la puntuación mínima, teniendo en cuenta que por cada tres respuestas incorrectas se descontará una correcta.

Segundo ejercicio: consistirá en la resolución por escrito, en un periodo máximo de 4 horas, de un determinado supuesto práctico elegido por sorteo de entre dos propuestos por el tribunal, sobre cualquiera de las áreas del temario, mediante el análisis del problema y posterior emisión de un informe a la dirección. El tribunal valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática y la capacidad de análisis.

El ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 20 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima.

Tercer ejercicio: de carácter eliminatorio, escrito. Traducción de un texto técnico sobre tecnologías de la información del idioma inglés para el gallego, elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora.

Este ejercicio se calificará como apto o no apto, siendo necesario para superarlo obtener el resultado de apto, correspondiéndole al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar el resultado de apto.

El presidente de cada tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios que se realicen en forma escrita sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos adecuados.

La puntuación final de las pruebas vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en el 1 y 2º ejercicios. De producirse empate de puntuación entre varios aspirantes se resolverá a favor del aspirante que obtuviese la mayor puntuación en el segundo ejercicio y después en el primer ejercicio. De persistir el empate, se resolverá a favor de la primera letra del primer apellido y de ser igual por el segundo, a partir de la letra resultante del sorteo que tuvo lugar el día 15 de marzo de 2000 (DOG nº 59, del 24 de marzo).

El tribunal no podrá aprobar ni declarar que superaron las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Con los aspirantes que superando los distintos ejercicios, no figuren en la propuesta de nombramiento remitida por el tribunal, se elaborará, en su caso, una lista en la que figurarán por el orden de puntuación recogida en la base tercera.

La citada lista será utilizada en el supuesto de que en el futuro se produzcan vacantes y otras situaciones previstas reglamentariamente y su cobertura, por personal interino, sea urgente y necesaria.

Estas listas tendrán vigencia hasta el momento en el que se lleven a efecto nuevos procesos selectivos.

Para la realización del segundo y tercer ejercicio, los aspirantes serán convocados por el tribunal, con una antelación mínima de 48 horas a la fecha de celebración de los mismos, mediante un anuncio que se expondrá en el mismo lugar de celebración del ejercicio anterior y por aquellos otros medios que el tribunal considere oportunos.

A la realización de los ejercicios los aspirantes deberán ir provistos do DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal.

Cuarta.-Solicitudes.

1. Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán presentar instancia según el modelo que figura como anexo II a la presente orden, en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en el de sus delegaciones, oficinas comarcales de la Xunta de Galicia o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia. Con la instancia se deberá adjuntar fotocopia del DNI y justificante de haber abonado los derechos de examen, expedido por la entidad bancaria correspondiente.

2. Como requisito necesario para participar en estas pruebas, se deberá abonar previamente en concepto de derechos de examen el importe de 7.525 ptas. Y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes utilizando para ello el impreso de autoliquidación señalado en el anexo III. Dicho impreso les será facilitado a los interesados en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública y en el de sus delegaciones provinciales, debiendo cubrirse con los códigos que figuran en el referido anexo III.

Estarán exentos del pago de las tasas por derechos de inscripción los que posean una discapacidad igual o superior al 33%, circunstancia que deberá ser acreditada documentalmente junto con la instancia, presentando copia cotejada de la calificación de la minusvalía. A falta de cotejo será causa de exclusión.

Quinta.-Admisión de solicitantes.

La Dirección General de la Función Pública elaborará una relación de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en los tablones de anuncios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, en los de sus delegaciones provinciales, en las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia y en la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura en Vigo y se podrá formular contra ella reclamación en el plazo de diez días a partir del siguiente al de la publicación; transcurrido dicho plazo la Dirección General de la Función Pública publicará en el Diario Oficial de Galicia las listas definitivas de admitidos y excluidos.

Por medio de anuncio en el Diario Oficial de Galicia se convocará a los aspirantes admitidos a la realización del primer ejercicio, y se indicará el día, hora y lugar de celebración.

Sexta.-Tribunal.

El tribunal encargado de efectuar la selección, que estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, será nombrado por la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, y formará parte del un representante de los funcionarios de la Comunidad Autónoma propuesto por las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de funcionarios. Su composición se hará pública por medio del correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 26.2º del Decreto 299/1990, de 24 de mayo, el tribunal tiene la categoría primera.

El tribunal podrá nombrar asesores especialistas que le presten su colaboración en la realización de las pruebas, que será comunicado a la Dirección General de la Función Pública.

Séptima.-Resolución.

En el plazo de un mes a partir de la finalización de las pruebas el tribunal calificador elevará al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública a propuesta de los aspirantes que superaran las pruebas, que será publicada en el DOG y a partir de dicha publicación los aspirantes seleccionados dispondrán del plazo de 10 días naturales para presentar en la Dirección General de la Función Pública los documentos que a continuación se relacionan:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Declaración jurada o promesa de que no fue separado por medio de expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración pública y de que no fue inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

c) Fotocopia compulsada del título requerido en la convocatoria.

d) Certificado médico oficial acreditativo de que no padece enfermedad y, en el caso de estar afectado por alguna limitación física o psíquica, certificado

expedido por el órgano competente acreditativo de que tal limitación es compatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Octava.-Nombramiento.

Entregada y comprobada la documentación los aspirantes seleccionados serán nombrados interinos del grupo A, escala de sistemas y tecnología de la información por orden del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, que será publicada en el DOG.

Los aspirantes que en el plazo establecido en la base anterior no presenten la documentación o lo hagan de forma incompleta, perderán todos sus derechos, salvo en casos de fuerza mayor.

Novena.-Toma de posesión.

La toma de posesión se realizará en el plazo de 5 días a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de la orden del nombramiento del conselleiro de la Presidencia y Administración Pública.

Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2000.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

ANEXO I

GRUPO A: ESCALA DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

1. Principios y funcionamiento de los ordenadores. Arquitectura y componentes.

2. Sistemas operativos. Concepto, evolución y tendencias. Unix. Windows.

3. Estructuras de la información. Ficheros. Sistemas de gestión de bases de datos. Clasificación. Concepto, diseño, arquitectura, implementación. Bases de datos relacionales. SQL.

4. Paradigmas de la ingeniería del Software. Ciclo de vida clásico, construcción de prototipos, el modelo en espiral y técnicas de cuarta generación.

5. Gestión de un proyecto Software. Métricas. Planificación temporal. Modelos empíricos de estimación. Análisis de riesgos. Reingeniería de Software.

6. Análisis funcional y diseño técnico. Diseño orientado al flujo de datos, a la estructura de los datos, a objetos, de tiempo real. El interfaz del usuario. Los sistemas en tiempo real.

7. Lenguajes de programación. Tipos de lenguajes. Codificación estructurada y orientada al objeto. Entornos visuales de desarrollo C,C++, Visual Basic. Lenguajes de Internet: HTML, Java, Lenguajes de Script.

8. Técnicas de prueba de Software. Métodos y estrategias. Gestión de configuraciones. Control de calidad.

9. Mantenimiento. Enfoques, costes, tareas, métricas. Herramientas.

10. El modelo cliente-servidor. Tecnologías. Diseño en capas. Clientes ligeros y pesados.

11. Reutilización de Software. Modelo de componentes.

12. Seguridad informática. Autentificación, integridad, confidencialidad, en el repudio. Políticas y planes de seguridad. Virus.

13. Criptografía. Claves simétricas y asimétricas. Certificados digitales. Autoridades certificadoras. Ley de firma electrónica.

14. Redes de comunicaciones. Infraestructuras básicas. Clasificación y características. Modelos de referencia. OSI

15. Redes de área local y metropolitana. Tipologías de red. Ethernet. Token Ring. FDDI. Tipos de cableado.

16. Redes de área extensa. Red Digital de Servicios Integrados (RDSI). Frame relay. Modo de transferencia asíncrono (ATM).

17. Elementos de interconexión de redes. Concentradores, conmutadores, encaminadores, puentes y pasarelas. Herramientas de gestión. SNMP y RMON.

18. Internet. Evolución y estado actual. El protocolo IP. Los protocolos de transporte TCP y UDP. Servicios basados en Internet y sus protocolos.

19. Legislación sobre protección de datos. Ley orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal. Real decreto 994/1999, de medidas de seguridad. La agencia de protección de datos.

20. La función informática en la Xunta de Galicia. Competencias. Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La reforma administrativa. Red corporativa de comunicaciones. Sistema de gestión de procedimientos administrativos. Comisión de informática. Administración electrónica.

ANEXOS II y III

NOTA: úsense los publicados en las páginas 13.608 y 13.609.