De conformidad con lo establecido en el artículo 27.2º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, en su nueva redacción dada por la Ley 3/1995, de 10 de abril, y en el artículo 16 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la referida ley, esta consellería
DISPONE:
Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo vacante que se indica en el anexo I de esta orden.
Segundo.-Podrán concurrir a ellos los/as funcionarios/as de carrera que reúnan las condiciones que para el puesto de trabajo se señalan en el anexo I.
Tercero.-Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se presentarán en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (edificio administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela), en sus delegaciones provinciales o en las oficinas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, según modelo que se incluye en el anexo II.
Cuarto.-Los aspirantes deberán unir a la petición un currículum vitae y justificar, mediante certificación o copia compulsada, los méritos que aleguen.
Quinto.-En el caso de resultar seleccionado/a para ocupar el puesto de trabajo un funcionario/a con destino en otra Administración pública, se requerirá el informe favorable del departamento donde preste servicio, considerándose en este sentido de no emitirse en el plazo de 15 días, según lo dispuesto en el artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el Diario Oficial de Galicia y podrá declararse desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.
Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si el destino anterior radica en la misma localidad que el nuevo destino, y de un mes, si radica
en localidad distinta o comporta el reingreso al servicio activo del funcionario/a. Este plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
Octavo.-Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 8 de septiembre de 2000.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria
ANEXO I
Denominación del puesto: subdirector general de Formación Profesional y de Formación de Adultos.
Código del puesto: ED.C05.00.001.15770.001.
Dependencia: Dirección General de Ordenación Educativa y de Formación Profesional.
Localidad: Santiago de Compostela.
Grupo: A.
Nivel: 30.
Complemento específico: 2.363.280.
Cuerpo o escala: general/docente.
Formación específica: diploma de directivo.