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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Martes, 19 de septiembre de 2000 Pág. 13.130

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 31 de agosto de 2000 por la que se autoriza la inclusión de la Escola de Música Municipal de Ortigueira (A Coruña) en el Registro de Escuelas de Música.

El artículo 39.5º de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, establece que podrán cursarse estudios de música o de danza en escuelas específicas. Asimismo, la Orden de 11 de marzo de 1993 (DOG del 22 de abril) regula las condiciones de creación y funcionamiento de estas escuelas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Por otra parte, el Decreto 213/1998, de 10 de julio, en su artículo 1 establece que le corresponde a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria las competencias de planificación, regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión.

Presentada la solicitud de inclusión en el Registro de Escuelas de Música por el Ayuntamiento de Ortigueira (A Coruña), los servicios competentes de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña comprobaron la efectividad del cumplimiento de los requisitos exigidos en la Orden de 11 de marzo de 1993.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección Xeral de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar la inclusión en el Registro de Escuelas de Música de la Escola de Música Municipal de Ortigueira (A Coruña), según los datos que figuran en el anexo.

Segundo.-Dicha escuela queda sometida al régimen de escuelas de música y danza, según lo establecido en la Orden de 11 de marzo de 1993 (DOG del 22 de abril), y a los servicios de inspección correspondientes.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Centros e Inspección Educativa para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Contra la presente disposición, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de agosto de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Ayuntamiento: Ortigueira.

Localidad: Ortigueira.

Dirección: Rvdo. Marquez Cortiñas, s/n.

Código del centro: 15032133.

Denominación específica: Escola de Musica Municipal de Ortigueira.

Titular: Ayuntamiento de Ortigueira.