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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 180 Viernes, 15 de septiembre de 2000 Pág. 13.042

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 7 de julio de 2000 por la que se aprueba el cambio de dominio inter vivos de la batea Blanco V.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión del vivero Blanco V y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

A) Antecedentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 24-2-1997, Juan Manuel Millán Paz solicitó autorización para la transmisión de la concesión del vivero Blanco V.

Segundo.-El informe del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente es favorable.

B) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con Orden de 14 de junio de 1999 de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo.-La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número uno de Cambados de fecha 24-1-1997 establece la propiedad legal de la batea.

Vistas las disposiciones citadas, a propuesta de resolución elaborada por el servicio de recursos marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás nor

mas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente resolución:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Juan Manuel Millán Paz (35.413.586A), de la concesión administrativa del vivero que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Blanco V.

Ubicación: 302 Cambados C.

Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden de otorgamiento: 2-10-1979.

Remate de la vigencia: 31-10-2009.

Antiguo titular: Casimiro Blanco Rodríguez (35.387.892).

Nuevo titular: Juan Manuel Millán López (35.413.586A).

El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 7 de julio de 2000.

P.D. (Orden 14-6-1999,

DOG nº 120, del 24 de junio)

Rosa Mª Quintana Carballo

Delegada territorial de Vigo