Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Jueves, 07 de septiembre de 2000 Pág. 12.661

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 28 de julio de 2000 por la que se autoriza el cambio de denominación del Centro de Ciclos Superiores de Formación Profesional Específica de A Coruña.

Examinado el expediente que presenta María Concepción Amor Alonso, solicitando autorización para cambiar la denominación del Centro de Ciclos Superiores de Formación Profesional Específica de A Coruña.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; Decreto 133/1995 de 10 de mayo (DOG del 22) y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que desarrolla dicho decreto.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, por propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Autorizar el cambio de denominación del Centro de Ciclos Superiores de Formación Profesional Específica de A Coruña, pasando a denominarse Centro de Formación Profesional Específica Castelao.

El cambio de denominación no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria