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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Miercoles, 06 de septiembre de 2000 Pág. 12.645

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se anuncia el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por la instalación eléctrica que se cita (Expediente 117/1999).

Otorgada la declaración de utilidad pública que lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las instalaciones de la línea eléctrica aérea a 132 kV Vilalba-A Carba-Tesouro (expediente nº 117/1999), por resolución de la Dirección General de Industria de la Consellería de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia de fecha 23 de marzo de 2000 a favor de la entidad beneficiaria Electra de Viesgo I, S.A. con domicilio en c/ Medio, 12-apdo. 35-39003 Santander.

Esta delegación acuerda señalar los días 3, 4 y 5 de octubre de 2000 para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, de conformidad con los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre 1954 y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, en las que se describirán los bienes o derechos expropiables y de imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica, contenidos en la relación de fincas que se expone junto con esta resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez, deducida de la que se sometió a información pública en el Diario Oficial de Galicia de fecha 7 de julio de 1999; acto al que deberán concurrir los propietarios propuestos de las fincas afectadas, a los que se les practicará notificación individual, señalándoseles día y hora para el levantamiento de las actas en las oficinas de la referida casa consistorial.

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así, dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de éstos, de conformidad con el artículo 5 de la citada Ley de expropiación forzosa.

A Coruña, 24 de agosto de 2000.

Manuel Estévez Mengotti

Delegado provincial en funciones de A Coruña