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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Miercoles, 30 de agosto de 2000 Pág. 12.420

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicas las listas definitivas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril, correspondiente a la categoría 040 (ayudante de producción) del grupo III (lista B), de conformidad con lo establecido en la Resolución de 30 de junio de 1999 (Diario Oficial de Galicia número 129, del 7 de julio).

Publicadas las resoluciones por la que se hacen públicas la listas provisionales, relativo a la publicación de las listas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal

laboral reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril, y correspondientes a la categoría 040 (ayudante de producción) del grupo III, (lista B), y una vez finalizados los plazos previstos en estos y elaboradas las listas definitivas por la Comisión Permanente de Selección de Personal Laboral para la cobertura de puestos de trabajo reservados a personal laboral, la Dirección General de la Función Pública

RESUELVE:

Primero.-Hacer públicas las listas definitivas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral de las categorías anteriormente señaladas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3º del Decreto 89/1997, de 10 de abril, y la base 2ª de la Resolución de 30 de junio de 1999, la comisión permanente establece el número máximo de aspirantes admitidos en la puntuación fijada en la/s resolución/es de la Dirección General de la Función Pública por la que se hacen públicas las listas provisionales; dichas listas están expuestas de la forma que a continuación se indica:

Anexo I. Figuran los solicitantes incluidos en la lista.

Anexo II. Figuran los solicitantes excluidos con la expresión de la causa de exclusión.

Anexo III. Figuran los solicitantes que en aplicación de lo previsto en el artículo 4.3º del Decreto 89/1997, de 10 de abril, y en la base 2ª de la Resolución de 30 de junio de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, no están admitidos en la lista.

Segundo.-Los citados anexos se encuentran expuestos en las siguientes dependencias:

-Dirección General de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Servicio de Información y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Delegaciones provinciales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Oficinas comarcales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Tercero.-A partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la exposición de las listas de las categorías anteriormente señaladas (lista B), quedarán sin efecto las listas de las citadas categorías elaboradas con anterioridad a la resolución de la Dirección General de la Función Pública de 30 de junio de 1999 (DOG nº 129, del 30 de junio), tal y como se establece en la misma.

Cuarto.-Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de

acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2000.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública