En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la asociación Unión Profesional de Peritos Accidentólogos de Galicia (Upaga) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación las personas físicas con capaciadad de obrar, que trabajen en el campo de la pericia accidentológica.
Firman el acta de constitución: Francisco Javier Alonso Rebollo, Amparo Abal Framil, Ana Belén Leirós Rodríguez, José Antonio Rodríguez Pérez y Francisco Javier Alonso Fernández.
Santiago de Compostela, 7 de julio de 2000.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales