Mediante Resolución de 1 de agosto de 1997 (DOG del 1 de septiembre) se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la escala auxiliar administrativa de la Universidad de Vigo, siendo nombrados funcionarios de carrera los aspirantes aprobados mediante Resolución de 15 de febrero de 1999.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo por Ana María Rodríguez González y finalizado el procedimiento mediante acuerdo de terminación convencional entre la interesada y esta universidad, firmado el 13 de junio de 2000 y declarado terminado el procedimiento (auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 4 de julio de 2000).
Verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de selección del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria y en los estatutos de la Universidad de Vigo.
Este rectorado
RESOLVIÓ:
Primero.-Nombrar a doña Ana María Rodríguez González, con documento nacional de identidad número 34.958.952, funcionaria de carrera de la escala auxiliar administrativa de la Universidad de Vigo.
Segundo.-Este nombramiento surtirá efectos plenos a partir de la correspondiente toma de posesión por la interesada, que deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero.-Retrotraer los efectos administrativos de este nombramiento al 25 de febrero de 1999.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Con todo, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no cabrá interponer el recurso antes citado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, modificadora de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Vigo, 6 de julio de 2000.
Domingo Docampo Amoedo
Rector de la Universidad de Vigo